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Los CDC han emitido una guía para los propietarios y operadores de instalaciones de vivienda compartida para ayudar a prevenir la propagación de COVID -19. Se alienta a los licenciatarios a revisar e implementar esta guía. COVID -19 Guidance for Shared or Congregate Housing (cdc.gov).
Asistencia de idioma
Si usted o alguien que conoce sabe acerca de una unidad de vivienda para trabajadores migrantes sin autorización o piensa que una vivienda para trabajadores migrantes ha sido ofrecida en condiciones de habitabilidad inadecuadas, contacte inmediatamente al TDHCA al 833-522-7028.
El representante puede ponerlo en espera y le comunicará con un intérprete para ayudarle con su llamada.
La ley define como unidad de vivienda para trabajadores migrantes a toda unidad establecida, operada o utilizada como vivienda durante más de tres días por dos o más familias estacionales, temporales o migrantes, o por tres o más trabajadores estacionales, temporales o migrantes, independientemente de que se pague o se reserve el alquiler en relación con el uso de la unidad.
Las normativas en Texas exigen que debe presentarse una solicitud ante el Departamento previos a la intención de utilizar la unidad.
Las unidades de vivienda para trabajadores migrantes autorizadas deben cumplir con normas de construcción, estado sanitario, equipamiento y operación.
En Texas, tales normas abordan los siguientes aspectos:
- Construcción de la unidad;
- Condiciones sanitarias;
- Suministro de agua;
- Baños;
- Tratamiento de aguas residuales;
- Almacenamiento, recolección y disposición de basura;
- Aire y luz;
- Exigencias de seguridad;
- Protección contra incendios;
- Equipamiento;
- Mantenimiento y operación de la unidad; y
- Cualquier otro aspecto que corresponda o que sea necesario para preservar la salud y la seguridad de los ocupantes.
El Código Administrativo de Texas, Título 10, Parte 1, Capítulo 90, Regla §90.4 (sitio web del Código Administrativo de Texas) incluye información detallada respecto de las normas específicas sobre la unidad de vivienda para trabajadores migrantes.
Si tiene preguntas sobre inspecciones o problemas en unidades de vivienda para trabajadores migrantes, puede llamar al (512) 475-4515 or (800) 643-8204.
Autorizaciones
Es obligatorio contar con una autorización del TDHCA para establecer, mantener u operar una unidad de vivienda para trabajadores migrantes.
Dicha autorización debe estar exhibida en todo momento en la unidad durante su mantenimiento u operación.
Para poder ser un operador con autorización de una unidad de vivienda para trabajadores migrantes, por favor complete y presente una solicitud, la cual está disponible a continuación.
Las preguntas sobre autorizaciones pueden realizarse a la telefónicamente al 833-522-7028 o por correo electrónico en [email protected].
Solicitudes
Inspección
El TDHCA actualizará el informe de inspección al siguiente documento en un futuro próximo: Informe de inspección de MLHF 29 de Abril de 2024
Los operadores de unidades de vivienda para trabajadores migrantes que infrinjan las normas sobre autorizaciones pueden ser objeto de sanciones civiles de hasta $200 por cada día en que incurran en una infracción.
El Departamento cuenta con un número telefónico gratuito (833-522-7028) al que se puede llamar para informar de posibles infracciones o unidades sin autorización.
Lista de unidades para trabajadores migrantes con autorización
Tenga en cuenta que estagg no es una lista exhaustiva, es la que corresponde al momento de la solicitud. y no representa todas las solicitudes o renovaciones que se han emitido desde entonces o que están en estado pendiente. Algunas ubicaciones pueden tener varias líneas de pedido para mostrar varias personas o direcciones de contacto.
Si tiene preguntas sobre una instalación específica, comuníquese con Peter Jones, Administrador sénior del programa de cumplimiento, en [email protected].
Código del Gobierno de Texas, §§2306.921 y siguientes (sitio web de los Estatutos y la Constitución de Texas)
Código Administrativo de Texas, Título 10, Parte 1, Capítulo 90 (sitio web del Código Administrativo de Texas)
Proyecto de ley 1099 presentado por la Cámara (PDF)
Reglas sobre las unidades para trabajadores migrantes (www.sos.state.tx.us)
Historia
La Ley sobre Unidades de Vivienda para Trabajadores Migrantes entró en vigor el 1 de septiembre de 2005. Mediante esta disposición legal de la Legislatura de Texas, la responsabilidad de la autorización y la inspección de las unidades de vivienda para trabajadores migrantes pasó del Departamento de Servicios de Salud del Estado al Departamento de Vivienda y Asuntos Comunitarios de Texas (TDHCA). La ley que rige estas cuestiones, que solía estar incluida en el capítulo 147 del Código de Salud y Seguridad de Texas, ahora figura en el capítulo 2306 del Código del Gobierno de Texas. La ley y sus enmiendas también le otorgaron a la Junta del TDHCA el poder para establecer la tarifa de la autorización necesaria para operar una unidad para trabajadores migrantes en un máximo de hasta $250 por un año de autorización (Código del Gobierno de Texas §2306.929).
El Departamento creó varias herramientas para ayudar a explicar mediante divulgación a trabajadores y operadores los requisitos de licencias de las unidades de vivienda para trabajadores migrantes en Texas. Estos materiales pueden imprimirse y distribuirse libremente sin alteraciones a trabajadores, empleadores y partes interesadas. Se pueden colocar en ubicaciones que puedan servir o sean frecuentadas por dichas partes solo cuando el propietario de la ubicación otorga el permiso para hacerlo.
Hoja de información del empleador. Este es un resumen de una página para empleadores u otros que alojan a trabajadores migrantes temporales o estacionales, proporcionándoles información sobre el requisito de la licencia.
Tarjetas de llamadas. Estas son tarjetas de tamaño comercial con nuestro número de línea directa gratuita para informar sobre condiciones de vivienda para migrantes sin licencia o inseguras. Las tarjetas pueden imprimirse a doble cara en inglés y en español en cartulina y entregarse a los trabajadores o proveedores de servicios.
Cartel de línea directa de MLHF. Este es un cartel de una página a color o en blanco y negro que puede imprimirse y distribuirse como un folleto o publicarse en una pared donde se puedan encontrar las partes interesadas.
El Departamento también puede tener copias impresas de estos materiales disponibles para su distribución cuando haya fondos disponibles para poder hacer impresiones limitadas de este documento para eventos específicos. Para obtener más información, por favor comuníquese con la línea directa de vivienda para migrantes al 1- 833-522-7028.
Las preguntas sobre el proceso de inspección y permisos pueden hacerse telefónicamente al (512) 475-4515 or (800) 643-8204 o por correo electrónico en [email protected].
Las preguntas sobre infracciones en viviendas o unidades de vivienda para trabajadores migrantes sin autorización pueden hacerse telefónicamente al 833-522-7028.