ignorancia de Derecho: Desconocimiento de la ley, el cual a nadie excusa, porque rige la necesaria presunción o ficción de que, habiendo sido promulgada, han de saberla todos.
ignorancia de hecho: la que se tiene de un hecho y puede ser estimada en las relaciones jurídicas.
↑Desde 1999 se recomienda considerar siempre diptongo, a efectos de acentuación gráfica, la combinación entre vocales cerradas “átonas” (/iu/, /ui/), o entre vocales cerradas con vocales abiertas ambas “átonas” (/ua/, /ei/, /io/, etc.). Esta recomendación se transforma en prescripción a partir de la reforma ortográfica de 2010, por lo que muchas palabras que se podían escribir con hiato deberán escribirse en diptongo. No obstante, esto no implica una proscripción en la pronunciación. Más información.