Pena de muerte en Chile
En Chile, la pena de muerte fue derogada en 2001 por Ley N.º 19.734, durante el gobierno de Ricardo Lagos Escobar, que modificó diversas leyes y normativas (entre ellas, el Código Penal, la Ley de Seguridad del Estado y el Código de Justicia Militar), reemplazando la pena capital con la de presidio perpetuo calificado. El Código Penal establece, en su artículo 32 bis regla 1.ª, que aquel condenado por esta última pena no podrá optar a la libertad condicional sino una vez transcurridos 40 años de privación de libertad efectiva.[1]
En el caso de la Justicia Militar, la pena de muerte se mantiene para los tiempos de guerra.[2] También se contempla en la Constitución en su Artículo 19, número 1, que indica que la pena de muerte sólo podrá establecerse por delito contemplado en ley aprobada con quórum calificado. La Constitución Política de Chile, en su articulado transitorio Primero, mantuvo vigente las disposiciones anteriores a ella que se referían a la pena de muerte, hasta la dictación de las leyes de quorúm calificado que nunca hasta la derogación de la pena de muerte se dictaron.
Aplicación
[editar]La pena de muerte como castigo máximo se aplicó en Chile desde tiempos coloniales.[4] La última vez que se aplicó fue el 29 de enero de 1985, terminando con la vida de los carabineros Carlos Alberto Topp Collins y Jorge Sagredo Pizarro, conocidos como los «psicópatas de Viña del Mar», por ser responsables de una decena de homicidios en serie perpetrados en dicha ciudad.[2][5]
Uno de los casos más polémicos de ejecución de la pena capital en Chile fue el de Jorge del Carmen Valenzuela Torres, conocido como «el Chacal de Nahueltoro», quien en 1960 dio muerte a una mujer y a los hijos de ella. Tras ser capturado y condenado a la pena de muerte, se desarrolló un fuerte debate en la sociedad chilena debido a la paradoja que constituía el proceso de rehabilitación por el que había pasado el "Chacal" en la cárcel, sin la posibilidad de ser indultado antes de su muerte.[6]
Ejecutados
[editar]La pena de muerte en Chile fue incluida en el ordenamiento jurídico en 1875, siguiendo la tradición de los tiempos de la colonia española, siendo usada solamente para crímenes involucrando robo con intimidación o violencia, piratería, traición, o cualquier delito que termine con la vida del victimario.[7] Uno de los primeros reos en ser ejecutado fue Pedro Ñancúpel, pirata chilote, en el año 1888.
Según fuentes oficiales, desde 1890, en Chile 57 personas fueron condenadas por los tribunales a la pena de muerte. Del total, 29 de ellos habían cometido robo con homicidio; 23, homicidio calificado; uno por asalto con homicidio; uno homicidio con incendio y tres homicidio con violación. Ellos son:[7]
Fecha | Lugar | Nombre | Delito | Ref. |
---|---|---|---|---|
4 de abril de 1852 | Valparaíso | Miguel José Cambiaso Tapia | mutinía | |
9 de junio de 1879 | Ancud | José Domingo Nahuelhuen Chigüai | piratería | [8] |
Juan Andrés Piuco Linan | ||||
Juan Lepio Mañao | ||||
6 de noviembre de 1888 | Castro | Pedro María Ñancúpel Alarcón | piratería y varios homicidios | [9] |
3 de febrero de 1890 | Ovalle | Emilio Tapia Zapata | robo con homicidio | [10] |
30 de septiembre de 1895 | San Carlos | Eulogio Vásquez Arzola | homicidio | |
11 de mayo de 1901 | Yungay | Aquilino Muñoz Carvajal | robo con homicidio | |
Pedro Rivas San Martín | ||||
30 de octubre de 1903 | Constitución | Estanislao Aguilera A. | robo con homicidio | |
7 de septiembre de 1905 | Chillán | Leopoldo Muñoz López | robo con homicidio | |
6 de septiembre de 1906 | Valdivia | Serafín Rodríguez P. | homicidio | |
26 de marzo de 1907 | Valparaíso | Émile Dubois | cuatro homicidios | |
24 de agosto de 1907 | Los Ángeles | Miguel Robles Mejías | homicidio | |
5 de julio de 1910 | Santiago | Guillermo Beckert | homicidio e incendio | |
1 de julio de 1912 | Quillota | Alfredo Brito Brito | homicidio | |
28 de septiembre de 1912 | Arica | Fortunato Soto Rovinot | homicidio | |
13 de mayo de 1914 | Curicó | Manuel Besoaín Muñoz | homicidio | |
3 de octubre de 1914 | Santiago | Luis Jaque Moreno | parricidio. | |
2 de noviembre de 1914 | Pitrufquén | Eleuterio Castro Herrera | robo con homicidio | [11] |
Isidoro Burgos Baeza | ||||
Juan de Dios Muñoz Rabilar | ||||
19 de noviembre de 1928 | Santiago | Manuel Contreras C. | parricidio | |
5 de diciembre de 1928 | Punta Arenas | Abelardo de la Puente Flores | robo con cuatro homicidios | [12] |
23 de diciembre de 1933 | Talca | Francisco Antonio Manríquez Manríquez | robo con homicidio | |
12 de diciembre de 1934 | Quirihue | Gabriel Romero Sobarzo | robo con homicidio | |
Artemio Espinoza Jara | ||||
15 de mayo de 1934 | San Bernardo | Manuel Muñoz Ortega | parricidio | |
13 de junio de 1934 | Traiguén | Rafael Peña Garrido | robo con homicidio | |
19 de junio de 1934 | San Felipe | Jorge Pizarro Astudillo | robo con homicidio | |
Bernardo Gómez Romero | ||||
27 de septiembre de 1935 | Rengo | Juan Morales Calquín | dos homicidios | |
3 de octubre de 1936 | Santiago | Víctor Martínez T. | dos homicidios | |
30 de noviembre de 1936 | Santiago | Roberto Barceló Lira | parricidio | |
21 de abril de 1938 | Santiago | Francisco Téllez M. | robo con homicidio | |
9 de noviembre de 1942 | Santiago | Tomás Ordenes Sepúlveda | robo | |
Miguel Lillo Alarcón | robo | |||
8 de septiembre de 1943 | Temuco | Emilio Inostroza M. | robo con homicidio | |
19 de agosto de 1945 | Santiago | Juan de Dios Osorio Galdámez | tres homicidios | |
6 de octubre de 1950 | Santiago | Alberto Hipónemes Caldera García | homicidio | |
12 de febrero de 1951 | Lautaro | Federico Mardones Urrea | robo con homicidio | [13] |
René Ferrada Ferrada | ||||
19 de octubre de 1951 | Santiago | José Raúl Silva | robo con homicidio | |
19 de julio de 1952 | Peumo | Víctor Ortega Guzmán | robo con homicidio | |
Fernando Soto Soto | ||||
16 de agosto de 1952 | Santiago | Ramón Castro G. | robo con homicidio | |
2 de diciembre de 1953 | La Ligua | Alfonso Carreño Meneses | dos parricidios | [14] |
4 de enero de 1954 | Constitución | Luis Bravo Henríquez | tres homicidios | [15] |
Rodelindo A. González Bravo | ||||
29 de enero de 1954 | Santiago | Alberto Cabrera Muñoz | robo con homicidio | |
25 de enero de 1955 | Santiago | Armando del Carmen Vidal Madariaga | dos homicidios | [16] |
Carlos Segundo Espinoza Silva | ||||
16 de junio de 1955 | Pitrufquén | Ricardo Ojeda Portales | robo con homicidio | |
Víctor Roa Cortés | ||||
30 de abril de 1963 | Chillán | Jorge del Carmen Valenzuela Torres | seis homicidios y un robo | |
15 de enero de 1965 | Talca | Cesáreo del Carmen Villa Muñoz | robo con homicidio | |
7 de octubre de 1967 | Santiago | Francisco Cuadra Pérez | robo con tres homicidios | [17] |
Luis Alberto Osorio Troncoso | ||||
22 de octubre de 1982 | Calama | Gabriel Ernesto Hernández Anderson | robo con dos homicidios | |
Eduardo Segundo Villanueva Márquez | ||||
29 de enero de 1985 | Quillota | Jorge José Sagredo Pizarro | diez homicidios, cuatro violaciones y ocho robos | |
Carlos Alberto Topp Collins |
Al momento de ser abolida la pena de muerte varios sentenciados se encontraban esperándola, por lo cual su condena automáticamente se convirtió en una cadena perpetua simple, la cual trae consigo libertad vigilada después de 20 años en prisión. Uno de los reos en salvarse de la pena de muerte bajo esta situación fue el triple homicida Rubén Millatureo, quien fue liberado en 2018 después de estar 20 años preso. La última persona en recibir la condena a pena capital fue el colombiano Hugo Gómez Padua, quien tras violar y asesinar a una niña en Colombia en 1976, incumplió su libertad condicional y entró ilegalmente a Chile en 1995[18]. En 1999, estando asentado en Santa Cruz viola y descuartiza a Paula López Galdames de 10 años, no enfrentó al pelotón de fusilamiento debido a la abolición de la pena muerte, intenta obtener de nuevo el beneficio de libertad condicional en 2020 y 2021, sin tener éxito.[19]
Solo dos (el alemán Guillermo Beckert y el francés Émile Dubois) eran del extranjero y no hubo mujeres fusiladas, aunque hubo varias condenadas a la pena de muerte, entre ellas Corina Rojas (parricidio) y Teresa Hidalgo (cuatro homicidios); todas lograron apelar su sentencia o recibieron el indulto presidencial.
Según la periodista Marianela Baeza, a esta lista le faltaría Nicanor Vicencio, ejecutado en 1899 en Quillota; debido a esto, se ha teorizado de que realmente se ha perdido el número exacto de ejecutados en Chile a la historia.[20] Además, se ha sido reportado que el asesino en serie y pederasta Francisco Varela Pérez también fue sentenciado a pena de muerte, pero no existe evidencia que fue ejecutado[20] Supuestamente Felipe Ñancúpel (sobrino de Pedro Ñancúpel) también fue fusilado, este en 1914 por asesinar a su esposa,[21] y tampoco aparece en fuentes oficiales.
Véase también
[editar]Referencias
[editar]- ↑ Ley Nº 19.734
- ↑ a b Pena de Muerte en Chile: ¿Castigo o alivio para el victimario?
- ↑ Sucesos, n° 226-242 (3 ene. - 25 abr. 1907) . Disponible en Memoria Chilena, Biblioteca Nacional de Chile http://www.memoriachilena.cl/602/w3-article-124241.html . Accedido en 30-06-2015.
- ↑ Pena de muerte en Chile colonial
- ↑ Derogaron la pena de muerte en Chile
- ↑ Fernando Franulic Depix. «El Chacal de Nahueltoro: ¿transgresión premoderna o moderna?». Archivado desde el original el 19 de septiembre de 2007. Consultado el 12 de febrero de 2009.
- ↑ a b Sala de la Comisión (16 de julio de 1969). «Modifica el código penal y el código de justicia militar en lo referente a la pena de muerte y modificia el artículo transitorio de la ley 17.155». Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. Primer Informe de Comisión Legislativa.
- ↑ van Meurs Valderrama, Marijke (2016). Carl Alexander Simon en Chiloé, 1852. Chiloé: Ediciones Museo Regional de Ancud. p. 61. Consultado el 30 de octubre de 2023.
- ↑ «Defunciones». FamilySearch. Castro: Registro Civil de Chile. 1888. p. 91.
- ↑ OvalleHOY, Equipo (9 de febrero de 2018). «Ovalle y la pena de muerte». Consultado el 30 de junio de 2023.
- ↑ «Triple fusilamiento: Ejecutarán dentro de un mes a asesinos de un agricultor». La Nación (Santiago). 8 de abril de 1954. p. 2.
- ↑ Rain, Poly (2012). «Una cárcel con 21 presidarios». La Prensa Austral. p. 35.
- ↑ Gález R., Guillermo. Los fusilamientos. pp. 59-70.
- ↑ «Siete horas y media alcanzó a estar en capilla el reo condenado a muerte». La Nación (Santiago). 28 de octubre de 1953. p. 2. Consultado el 2 de febrero de 2024.
- ↑ «Fueron fusilados: Luis Bravo Henríquez y Rodelindo A. González Bravo, los asesinos de Pichamán.». Biblioteca Nacional Digital. 1954. Consultado el 28 de abril de 2023.
- ↑ «Con la madrugada llegó la muerte a la Penitenciaría». La Nación (13.566) (Santiago). 26 de enero de 1955. p. 2.
- ↑ «El triple crimen de Av. España». Detective (Policía de Investigaciones de Chile) 159: 20. junio de 2013.
- ↑ Lara, Emilio (5 de abril de 2021). «Último condenado a pena de muerte en Chile vuelve a pedir libertad condicional: violó y mató a niña». BioBioChile - La Red de Prensa Más Grande de Chile. Consultado el 20 de abril de 2024.
- ↑ Parra, Nicolás (15 de abril de 2020). «El último homicida condenado a muerte en Chile, cómo se salvó y su reciente intento por quedar libre». BioBioChile - La Red de Prensa Más Grande de Chile. Consultado el 20 de abril de 2024.
- ↑ a b «EJECUCIONES, INDULTOS Y DEROGACIÓN: LA PENA DE MUERTE EN CHILE (1981-2001)».
- ↑ «El pirata Ñancupel, el terror de las Guaitecas». Diario Regional de Aysen. Consultado el 8 de diciembre de 2023.