Estado de derecho en Perú
En Perú se ejerce su Estado de derecho para el cumplimiento de las leyes y la constitución durante su gobierno, así como la separación de poderes, la medidas contra los abusos y la transparencia según la HRW.[1] Este se ampara en el artículo 3 y afines de la Constitución de 1993.[2] Desde la Constitución de 1933 el Estado, bajo el derecho continental, está separado en diferentes poderes por medio de normativas nacionales.[3] Aunque cuenta con un Poder Judicial, no solo suficientemente autónomo para operar con imparcialidad,[4] desde 1980 cuenta con el Tribunal Constitucional para su estricto cumplimiento.[5][6] Dicho tribunal establece que existe cumplimiento cuando está bajo los derechos establecidos en las normas constitucionales y el denominado Código Procesal Constitucional.[7]
Perú rige un sistema garantista.[8] Según el Índice mundial de Estado de Derecho en 2018, por World Justice Project, Perú se encuentra en el puesto 60 entre 113 países evaluados con un puntaje de 0.52 puntos.[9]
Contexto
[editar]Si bien Perú ejerce un estado democrático desde finales del siglo XIX, se apreció un riesgo de cleptocracia a partir del siguiente por los poderes fácticos u oficiosos que coactan o la corrompen.[10]
Uso coactivo del poder
[editar]Uno de los retos después del gobierno de Alberto Fujimori, fue la reducción de la presencia de las Fuerzas Armadas. Las instituciones fueron responsables de las ejecuciones extrajudiciales, desapariciones, torturas, masacres y otros abusos, así como el acoso judicial, policial e impositivos instigados por el gobierno;[11][12] cuya promulgación de las normas en los primeros años de la década de 1990 fueron declaradas de anticonstitucionales posteriormente.[13] Un punto trascendental desde el mandato de Fujimori fue el concepto jurídico propio a los denominados «inocentes», en referencia a las víctimas que fueron acusadas falsamente de terrorismo.[14]
Las reglas sobre el tratamiento y respeto de los sospechosos, imputados, detenidos, y reclusos no siempre son respetadas. Las causas son la debilidad institucional de los organismos de seguridad del Estado surgido por dictaduras:[2][15] la inexistencia de adecuados sistemas de control, la pobre independencia de poderes,[16] el centralismo[17] y la falta de capacitación de los funcionarios. Esto no significa que el Estado use el poder coactivo o que tenga ese uso legitimidad.[2][18]
El Tribunal Constitucional se creó para reducir la dependencia de los poderes políticos y económicos, además de controlar las resoluciones del Poder Judicial que contradijeran dicha Constitución.[19] Si bien goza de autonomía, no está exento de la influencia del gobierno en turno. Esta influencia puede verse exacerbada cuando el gobierno se siente bajo escrutinio.[20] Cuando surgió la crisis política en 2021, el profesor ordinario de las Facultades de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Pontificia Universidad Católica del Perú, Pedro Grández Castro, advirtió que el Tribunal Constitucional cedió en 2023 al poder ejecutivo en evitar una futura disolución, lo que cambia la dinámica al limitar los poderes del Poder Ejecutivo.[21] Por otro lado, el asunto de seguridad nacional generó mayor tensión a la ciudadanía cuando se tomó medidas de represión policial durante la convulsión social sin tomar consideración de las políticas sobre derechos humanos.[22]
La asesora jurídica principal de Human Rights Watch, María McFarland, escribió en una columna de The Hill de 2024 que en el gobierno de Dina Boluarte se permitieron el desmantelamiento de protecciones de derechos humanos y ambientales, con consecuencias propicias para el florecimiento del crimen organizado. Muchas de las medidas fueron aprobadas por el sector conservador del Congreso de la República.[23] El constitucionalista Luciano López manifestó que el ente legislativo infringió el artículo 43 de la Constitución con el propósito de promulgar normas controvertidas bajo la justificación de ser el primer poder del Estado.[24]
Grado de propaganda estatal
[editar]En Perú, se ganó fama por el uso de propaganda fujimorista, lo que permitió que el país tuviera la primera dictadura imagocrática del mundo. Desde la caída del gobierno de Fujimori, se instauró la neutralidad electoral, es decir, se prohibió la propaganda oficial como medio de gobierno.[25]
La libertad de prensa del país se ha fortalecido desde el año 2002 con la de acceso a la información (Ley n.º 27806). Por lo tanto, los medios de comunicación no reciben un trato discriminatorio de la publicidad estatal, mientras que el Estado no permite la posesión ajena de ningún medio escrito o audiovisual gubernamental (Ley n.º 28874). Es posible afirmar que no se emplea la propaganda estatal como un instrumento de gobierno.
Prácticas clientelares
[editar]Perú históricamente tuvo dificultad en la trascendencia de los partidos políticos a causa del caudillismo y el clientelismo político.[26] La administración fujimorista ejercía prácticas clienterales, como el intercambio de favores, la compra de votos parlamentarios, la emisión de sentencias judiciales favorables, etc. El ejemplo más notable fue en la destitución de los magistrados del Tribunal Constitucional del Perú en 1997.
Desde el año 2000, los grupos mafiosos que rodearon a Fujimori y a Montesinos permanecen al margen de las funciones del gobierno, aunque son una amenaza latente y una amenaza para el Estado de Derecho.[27] Existen algunas deficiencias en la estructura burocrática que pueden permitir las prácticas clientelares, como que el 15 % del presupuesto no puede ser contabilizado, las exoneraciones al proceso licitatorio son frecuentes, los problemas surgidos en los fondos extrapresupuestarios, además del cambio de meta para responder a cambios imprevistos de política. Debido a grandes necesidades sociales, una capacidad de respuesta limitada, una gran volatilidad del voto por un gran descontento de la población genera incentivos para que la administración haga cambios frecuentes por situaciones coyunturales, y usar dinero del Estado para obtener fines políticos, aunque aún no se ha aplicado políticas populistas.[28]
Cualidades intrínsecas de la normas
[editar]Generalidad
[editar]El sistema jurídico garantiza la generalidad razonable de las normas. En general, las políticas y normas internas de una institución privada no están por encima de los derechos ni principios que dicta la Constitución del Perú.[29]
No obstante, las autoridades conceden ciertos permisos para la inversión privada. Por ejemplo, las exenciones fiscales a empresas específicas a cambio de determinadas contribuciones a la población.[30] Esta práctica, surgida durante la adopción del neoliberalismo por parte del Estado, que otorga a los contratos un valor constitucional,[31] genera inestabilidad e imprevisibilidad en el sistema tributario. El principio de generalidad se ve amenazado principalmente por la presión del sector privado, que busca influir en la legislación a través de sobornos y favoritismos.[32] En 2019, más de 1400 empresarios fueron investigados por casos de corrupción en el país.[33]
Publicidad
[editar]Las normas jurídicas se publican regularmente de manera impresa y electrónico en el diario oficial El Peruano. No existe buenos comprendios oficiales que recojan en un mismo texto jurídico, la legislación vigente en determinados temas. Así, se produce incertidumbre sobre cual norma está en vigor o está derogada. A pesar de una mejora en la publicidad en los últimos años, la mayoría de ciudadanos desconocen sus derechos y obligaciones.[34]
Irretroactividad
[editar]En el Perú se suele respetar el principio de irretroactividad.[34]
Claridad y coherencia
[editar]No hay un lenguaje legal que esté presedido por principios de economía, seguridad y funcionalidad comunicativa, y un léxico no ambiguo y emplee una sintaxis, morfología y estilo legal preciso. Las normas tienen una calidad desigual y no siempre están armonizadas con el resto del ordenamiento jurídico. Perú no cuenta con una política normativa que garantice la calidad de las normas: hay una ausencia de filtros que lo garanticen. La preparación de antecedentes tiene varias deficiencias, pues no se fijan claramente los fines y objetivos de la norma, no está demostrado si la norma logrará sus fines, o no se verifica la constitucionalidad de su contenido. Existe una proliferación de iniciativas legislativas (durante un periodo parlamentario de seis meses, suele promulgarse una media de 2000 o 3000) y una falta de cuerpos especializados para preparar las normas. Esto impide que las leyes se puedan preparar y desempeñar debidamente, además que afecta la capacidad de promulgar normas que sean coherentes con el resto del ordenamiento jurídico. Todo esto se combina con una interpretación errática e impredecible por partes de los poderes públicos.[35]
Viabilidad
[editar]Los antecedentes de un proyecto o propuesta de ley no suele estar acompañados de datos e informes que permiten al legislador valorar si el contenido de la norma es viable y si tiene probabilidades de aplicarse. No se suministran a la autoridad competente datos, análisis e informes sobre:[36]
- la existencia de órganos administrativos capaces de aplicar la norma.
- la existencia de una organización judicial capaz de asumir su control efectivo.
- el costo económico de la norma para la administración y los ciudadanos.
- la previsible resistencia que encontrará su aplicación.
Estabilidad
[editar]Desde inicios del siglo XXI Perú ha mejorado en el proceso de toma de decisiones. A pesar de ello, la formulación de políticas es arbitraria e impredecible ya que hay una formulación de normas y políticas de baja calidad, poco ejecutadas y fácilmente revertidas. La alta inestabilidad de las normas se aúna con el hecho de que tales cambios son predecibles. Los costos de transacción de ajuste a las nuevas normas son elevados. Así, la actividad económica se socava, las normas tienen menos credibilidad y hay menos confianza en el Estado. En 1994 se promulgó la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano, que ayudaría a que las normas más controversiales sean llevadas a referéndum,[37] caso que pocas veces ocurrió.
El cambio constante de normas impide el desarrollo institucional a largo plazo, la colaboración intertemporal y la elaboración de leyes que agreguen los intereses de la ciudadanía. Otro factor que contribuye a la inestabilidad de las políticas es la mala calidad de la enseñanza del Derecho, por la proliferación desordenada de facultades de Derecho desde los años sesenta. Este proceso fue generado por los procesos de urbanización del país, las presiones del mercado laboral, la flexibilización de la legislación universitaria y la debilidad institucional del Estado para supervisar, regular y planificar la enseñanza.[38]
Aplicación congruente de la norma
[editar]Aplicación congruente de parte del Ejecutivo
[editar]En Perú, existen instituciones públicas altamente eficaces, y otras que adolecen de debilidades institucionales. Existe una percepción de que la administración estatal es corrupta, pues el cumplimiento de la norma es trasgredido por el pago de sobornos. El limitado desarrollo institucional de la administración pública, la inadecuación de los controles, la baja profesionalización de la burocracia y los bajos salarios hacen que no se interprete debidamente la norma. La excesiva regulación incentiva que la ley sea evadida e incentiva además la corrupción.[39]
Aplicación congruente por parte del sistema de Administración de Justicia
[editar]En Perú, cuenta con su particular sistema, a cargo del Poder Judicial (PJ), para juzgar eventos que infringen con las normas. Los jueces no basan sus decisiones únicamente en las afirmaciones de las partes, sino que cuentan con medios para verificar su exactitud. En los procedimiento civiles, el juez no investiga, sino que evalúa las pruebas presentadas por las partes. Si el demandado acepta la demanda, el juicio concluye y se dicta sentencia. Además de corroborar las afirmaciones de las partes, las pruebas sirven para convencer al juez (no persuadir, como en la justicia estadounidense).[40]
El Poder Judicial se complementa con el Ministerio Público (MP) y la Policía Nacional (PNP). Estos se encargan de las investigaciones en los procesos penales. El Ministerio Público cuenta con fiscales para garantizar que las investigaciones se realicen de manera legítima, mientras que la Policía se encarga de recabar pruebas penales.[41] El expresidente del Tribunal Constitucional, Víctor García, señaló que el Ministerio Público recibió las facultades investigadoras a causa de la corrupción que se presentaba en la PNP.[42]
Aparte de las tres instituciones (PJ, MP y PNP), otras instancias también tienen responsabilidad en la Administración de Justicia: el Ministerio de Justicia (a través de Instituto Nacional Penitenciario), los abogados de oficio y los procuradores, el Tribunal Constitucional, las instancias de conciliación y arbitraje, la Defensoría del Pueblo, la justicia militar a través del Fuero, entre otros. Además cuenta con un sistema independiente para administrar jueces y representantes electorales, la Junta Nacional de Justicia (JNJ), anteriormente el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM). De hecho, los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electores y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil son elegidos por decisión de la JNJ en un concurso público.[43]
Además que aplica normas de derechos humanos como el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, en que todos los órganos del Estado están vinculados a ella,[44] y otros entes de justicia internacional. Desde la caída de Fujimori, y una serie de reformas, se ha puesto fin al control de la justicia por el Ejecutivo. Pese a eso, y a los avances de selección y promoción de jueces con la creación del CNM, aún se percibe a la justicia como imparcial.
El Congreso tiene la facultad de nombrar jueces para el Tribunal Constitucional, que coincide con la de los legisladores y la del Presidente. Esto hace que el Tribunal Constitucional sea bastante propenso a verse influido por capturas políticas y a validar normas que contradigan la Constitución, como ocurrió con la interpretación de que las organizaciones no gubernamentales, especialmente aquellas que velan por los derechos humanos en el país, no son entidades con reconocimiento legal.[45]
Eficiencia de los magistrados y sus procesos judiciales
[editar]El Tribunal Constitucional y la Corte Suprema no poseen competencia de jurisprudencia, lo que genera inestabilidad debido a los cambios en su composición y la base subjetiva y concreta de sus dictámenes. Además, carecen de la autoridad para restringir el flujo de casos recibidos, lo que dificulta la gestión de presiones políticas y la selección de causas con fundamento válido. Aproximadamente un 30 % de los magistrados en 2021 ocupaban puestos temporales o provisionales (en contraste con el 50 % de fiscales interinos).[46] Estos cargos, a diferencia de los titulares, conllevan una remuneración inferior que los expone a la influencia de políticos investigados.
La opacidad en el proceso de ratificación de jueces y magistrados constituye una amenaza, ya que el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) no está obligado a sustentar sus decisiones. La ausencia de un sistema de evaluación judicial y una estructura de carrera definida puede comprometer la independencia de los jueces respecto de sus superiores. Esto llevó a la reestructuración y creación de la Junta Nacional de Justicia, que promueve la evaluación judicial y prioriza el nombramiento por concurso de méritos frente a la elección popular o por designación personal. Es por lo que el exministro chileno Jaime Arellano Quintana consideró a la JNJ como una institución sólida.[47] Finalmente, surgió un obstáculo adicional al convocar jueces penales para casos complejos o notorios con la instauración de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal en 2018.[48]
Existe la creencia de que quienes tienen poder económico puede obtener una resolución favorable; según un estudio de Instituto de Estudios Peruanos en 2022, ocho de diez encuestados cree que hay una desigualdad en el sistema judicial.[49] La percepción pública es que la justicia peruana no es justa, pues no castiga a los culpables, y que es parcial. Además, su proceso bastante lento:[50] los trámites para notificar, y regresar a la mesa de partes demora mucho más de lo que la ley estipula. Además, la tasa de pendientes va en aumento, que junto con los factores ya mencionados, explica la poca productividad de la justicia y su lentitud. La justicia no es económica. Así, los costos para recuperar una deuda pueden llegar a ser el 31.55 %.[51]
Además, dado que los trámites son largos, lo que repercute en los gastos de los honorarios de los abogados, además que el tiempo de demora tiene un costo con el arancel y los honorarios profesionales del servicio de justicia. Como detalle importante a esa situación, en 2006 el país contó con casi 300 abogados de oficio, muchos de ellos operaron desde zonas urbanas.[52] Históricamente, antes de la llegada de abogados de oficio, se recurrían a tinterillos, asesores que se encontraban en las calles y buscaban tener el mismo estatuto que un profesional.[53] Esto contrasta con la realidad de los altos funcionarios. En 2024, 14 estudios de abogados particulares concentran los seis casos más emblemáticos en actividad, de los cuales varios abogados también son investigados.[54]
La justicia peruana es poco fiable, sólo el 12 % de los peruanos confían en ella, incluyendo a los empresarios. Más de un 50 % de la población, de bajos recursos, residentes en zonas marginales urbanas, selváticas y de la cordillera andina no tiene acceso a la justicia. Las razones son la gran desconfianza, las demoras y los costos judiciales. La accidentada geografía, las condiciones climatológicas, y las barreras culturales y lingüísticas también influye. Pese a que existen 6.5 jueces por 100 000 habitantes, están concentrados en los juzgados de las sedes de las cortes. El número de defensores de oficio es de 258 para todo el país. En Lima están radicados el 27% de los jueces, además del 50% de los abogados colegiados.[51]
Las ejecuciones de las sentencias suelen demorarse más de lo que estipula la ley, los plazos de la ejecución pueden ser de uno a tres años. Para 2023, el Colegio de Abogados de Lima informó de un abuso de la prisión preventiva, incluso cuando las personas apenas son investigadas.[55] Tanto el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo y la Contraloría tienen problemas estructurales. Además de ellos, otros organismos poseen limitaciones que interfieren en el proceso de justicia: el Ministerio de Justicia, el Instituto Nacional Penitenciario, Consejo Nacional de la Magistratura, Tribunal Constitucional, Congreso de la República, la policía, las instancias de conciliación, la justicia militar y los colegios de abogados.[51] El Congreso de la República es otra de las instituciones que han interferido en el sistema judicial por intereses particulares.[56] Entre las intervenciones, destaca un proyecto que restringe el control difuso que tienen los jueces cuando el Tribunal Constitucional aprueba normas en contra de la Constitución peruana.[57]
Opinión pública
[editar]En una encuesta de Ipsos, realizada en 2016, mostró que un 61 % de personas opina que una misma fuerza política (Ejecutivo o Legislativo) no debe tener el control de ambos poderes del Estado.[58] En 2023, un sondeo del Instituto de Estudios Peruanos indicó que 86 % de la población consideró la falta de respeto a la separación de poderes por parte del Congreso.[59]
Véase también
[editar]Referencias
[editar]- ↑ «HRW alerta de que la situación en Perú "amenaza el Estado de Derecho" y pide a la OEA convocar una sesión urgente». Europa Press. 12 de noviembre de 2020. Consultado el 24 de noviembre de 2021.
- ↑ a b c Ticona Postigo, Víctor (1 de diciembre de 2007). «El debido proceso y las líneas cardinales para un modelo procesal en el estado constitucional de derecho». Revista Oficial del Poder Judicial. Órgano de Investigación de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú 2 (2): 27-49. ISSN 2663-9130. doi:10.35292/ropj.v2i2.132. Consultado el 24 de noviembre de 2021.
- ↑ Correa, Marcial Rubio (1 de junio de 1980). «La legislación como fuente de Derecho en el Perú». Derecho PUCP (34): 3-35. ISSN 2305-2546. doi:10.18800/derechopucp.198001.001. Consultado el 25 de noviembre de 2021.
- ↑ Salazar Lizárraga, Mariano (30 de junio de 2014). «Autonomía e independencia del poder judicial Peruano en un estado social y democrático de derecho». Revista Ciencia y Teconología 10 (2). Consultado el 22 de septiembre de 2022.
- ↑ Landa Arroyo, César (21 de noviembre de 2013). «La constitucionalización del derecho peruano». Derecho PUCP (71): 13-36. ISSN 2305-2546. doi:10.18800/derechopucp.201302.001. Consultado el 16 de diciembre de 2022.
- ↑ Henríquez Franco, Humberto (2018). «El rol del Tribunal Constitucional dentro del Estado Constitucional de Derecho». Iura 3 (2). Consultado el 19 de julio de 2023.
- ↑ Mavila, Carlos Glave (3 de julio de 2012). «El Recurso de Casación en el Perú». Derecho & Sociedad (38): 103-110. ISSN 2521-599X. Consultado el 11 de julio de 2023.
- ↑ Díaz Giunta, Renzo (23 de diciembre de 2022). «La constitucionalización del derecho civil: un camino al equilibrio». Ius et Praxis (055): 221-235. ISSN 2523-6296. doi:10.26439/iusetpraxis2022.n055.6100. Consultado el 24 de agosto de 2023. «Recordemos que nada ni nadie se encuentra exento de control constitucional, por lo que los jueces constitucionales analizarán todas las soluciones posibles bajo una lógica garantista, para que ambas partes en conflicto puedan ejercer sus derechos».
- ↑ «Perú avanza 5 posiciones en el ranking mundial de Estado de derecho». andina.pe. Consultado el 23 de septiembre de 2022.
- ↑ Del Castillo Andía, Luis John (20 de junio de 2019). «La cleptocracia y los delitos de corrupción como amenazas a la democracia y el Estado Constitucional de Derecho en el Perú». Revista UANCV Derecho Ética Política 1 (2). doi:10.35306/.v1i2.690. Consultado el 23 de septiembre de 2022.
- ↑ Varela, Alejandro (11 de junio de 2001). «Reconstruir un Estado de Derecho». Estrella Digital. Archivado desde el original el 11 de junio de 2001. Consultado el 28 de octubre de 2022.
- ↑ Cuya, Esteban. «La dictadura de Fujimori: marionetismo, corrupción y violaciones de los derechos humanos - Español». NMRZ. Consultado el 11 de septiembre de 2023. «Sin duda alguna el Perú exhibe actualmente una caricatura de democracia, con un Presidente Alberto Fujimori que apoyado por las Fuerzas Armadas y su servicio de inteligencia destruyó el Estado de Derecho e impuso en su lugar un régimen dictatorial que a través de una pequeña “camarilla” domina todos los poderes del Estado».
- ↑ Felices Luna, Maritza (1 de abril de 2017). «The Pacification of Peru and the Production of a Neoliberal Populist Order». State Crime Journal (en inglés) 6 (1). doi:10.13169/statecrime.6.1.0156. Consultado el 24 de octubre de 2023. «Furthermore, an array of emergency legislation, antiterrorism laws and other security decrees were adopted between 1991 and 1995 which would later be condemned by the Inter-American Court of Human Rights and declared un-constitutional by the Tribunal of Constitutional Guarantees».
- ↑ Manrique, Marie J. (1 de mayo de 2014). «Generando la inocencia: creación, uso e implicaciones de la identidad de «inocente» en los periodos de conflicto y posconflicto en el Perú». Bulletin de l'Institut français d'études andines (43 (1)): 53-73. ISSN 0303-7495. doi:10.4000/bifea.4313. Consultado el 22 de mayo de 2024. «El Perú cuenta con una categoría jurídico-política sui generis. Bajo un término colectivo, casi siempre en masculino, existía (y existe) un grupo de personas nombradas «los inocentes». De la Jara refiere a este grupo como «inocentes en prisión acusados injustamente de terrorismo» que eran «miles y miles de personas arrancadas de su casas, encarceladas, humilladas, exhibidas, torturadas y, al final, después de semanas, meses o años de prisión, la mayoría liberadas… porque eran inocentes» (De La Jara, 2001: 23). Aunque la cifra no llega a mil, habla de «miles y miles». La exageración muestra la manera cómo esta identidad fue construida con posterioridad a 1992».
- ↑ «El autogolpe del 5 de abril de Alberto Fujimori cumple 29 años | Cierre del Congreso de la República | 1992 | nnsp | ARCHIVO-ELCOMERCIO». El Comercio Perú. 5 de abril de 2021. Consultado el 24 de noviembre de 2021.
- ↑ «Resumen Semanal Nº 955». Desco. 27 de enero- 3 de febrero de 1998. Segmento FALTA DE INDEPENDENCIA DE PODERES. Archivado desde el original el 24 de febrero de 1999. Consultado el 28 de marzo de 2023.
- ↑ Muñoz Chirinos, Paula; Monsalve Z., Martín; Guibert Patiño, Yamilé Silvia; Guadalupe Mendizábal, César; Torres, Javier (2016). Élites regionales en el Perú en un contexto de boom fiscal: Arequipa, Cusco, Piura y San Martín (2000-2013). Universidad del Pacífico. p. 22. ISBN 978-9972-57-368-2. doi:10.21678/978-9972-57-368-2. Consultado el 29 de septiembre de 2023. Resumen divulgativo (10 de abril de 2017). «Varios académicos han caracterizado al fujimorismo como un gobierno centralista (Contreras 2004, Zas Fris 2005) o hipercentralista (Planas 1998, 1999). Si bien es cierto que durante el fujimorismo se recentralizó el poder regional en el gobierno nacional, el proceso de municipalización se profundizó, desconcentrando poder y recursos de las municipalidades provinciales a las distritales (Muñoz 2005). Fujimori debilita intencionalmente a las municipalidades provinciales, donde los partidos y oposición estaban más organizados, y fortalece a las distritales, favoreciendo la fragmentación (Tanaka 2002)».
- ↑ Abal Medina, Juan Manuel (2016). Poder Ciudadano, ed. Corrupción y transparencia. Eudeba.
- ↑ Rojas Canales, Julio César (17 de junio de 2023). «La elección de los miembros del Tribunal Constitucional peruano: análisis, comparación y propuesta». Ley y Gobierno 1 (1). ISSN 2961-2632. Consultado el 7 de septiembre de 2024. «Un asunto de suma importancia fue la creación del Tribunal de Garantías Constitucionales (TGC), según lo dicho anteriormente. El TGC tenía por objeto salvaguardar la Constitución de 1979, disminuir la dependencia de los poderes políticos y económicos y controlar las resoluciones del Poder Judicial que contradijeran dicha Constitución».
- ↑ «El reparto del TC». www.gatoencerrado.net. 31 de mayo de 2002. Consultado el 13 de marzo de 2024. «Sin embargo , a todas luces el gobierno no cuenta con ninguna influencia en el TC, sino más bien ese órgano constitucional podrá adoptar con independencia y autonomía decisiones alejadas de las molestias gubernamentales, frente a fallos y resoluciones que podrían colocar al régimen en posición incomoda, especialmente al MEF en materia pensionaria, por ejemplo».
- ↑ Valencia, Martha (21 de junio de 2023). «Fallo del Tribunal Constitucional ha roto el equilibrio de poderes». El Búho. Consultado el 16 de julio de 2023.
- ↑ Saenz, Hugo Rafael Aguirre (30 de junio de 2023). «Estrategia resolutiva de Seguridad Nacional y sus implicaciones en el Estado constitucional de derecho». Revista Cuadernos de Trabajo (23): 23-37. ISSN 2961-225X. doi:10.58211/cdt.vi23.54. Consultado el 6 de agosto de 2023. «Entonces como es que la seguridad nacional en este escenario podía ser sostén y garantía del Estado Constitucional de Derecho, cuando una crisis política social exacerbada por profundas desigualdades requiere una estrategia resolutiva y conjunta del Estado, peor aun cuando las declaratorias de los estados de excepción no pueden ser dictados de manera arbitraria, ni establecer restricciones a derechos que no se encuentren adecuadamente justificados;debiendo enmarcarse en lo establecido en nuestra Constitución, la Convención Americana y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y ceñirse además, a lo dispuesto por la Corte Interamericana en la Opinión Consultiva OC-8/87 y su jurisprudencia. Todo esto nos permite reflexionar sobre la cautela en el uso de la fuerza,cuyo desarrollo debió cumplir los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad;de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1186,Decreto Legislativo N°1095 y las normas conexas. Si bien los enfrentamientos han sido sumamente violentos,el Estado no implementó una adecuada estrategia para evitar pérdidas de vidas».
- ↑ Paucar, Luis (7 de junio de 2024). «Asesora de HWR sugiere a Joe Biden quitar visas a funcionarios peruanos ligados a abusos y corrupción: “Enviaría un fuerte mensaje”». infobae. Consultado el 8 de junio de 2024.
- ↑ López, Alejandra (15 de junio de 2024). «Luciano López niega que Congreso sea el “primer poder del Estado”: “Ustedes son nuestros empleados”». larepublica.pe. Consultado el 17 de junio de 2024.
- ↑ Calderón, Andrés; Ascue, Adriana; Dibós, Eduardo (17 de noviembre de 2020). «Ojos que sí ven: la regulación de la publicidad estatal: lecciones desde el Perú y el derecho comparado». Boletín Mexicano de Derecho Comparado 1 (157): 355. ISSN 2448-4873. doi:10.22201/iij.24484873e.2020.157.15235. Consultado el 10 de junio de 2022.
- ↑ Quesada Rada, Francisco Miro (2017). «Partidos políticos y calidad de la democracia. El caso peruano». Ius Inkarri (6): 113-140. ISSN 2519-7274. doi:10.31381/iusinkarri.vn6.1232. Consultado el 29 de septiembre de 2023. «Son cinco los hecho que, a lo largo de nuestra historia republicana han afectado la calidad de la democracia y por ende el funcionamiento de esta en los partidos políticos, en cuanto una característica particular, situación que a la larga fue uno de los factores más significativos en la producción de la crisis de los partidos políticos peruanos, desde 1988 a la fecha».
- ↑ «¡No hay estado de derecho en el Perú!». Ideele (113): 106. Noviembre de 1998. Archivado desde el original el 23 de abril de 2007. Consultado el 10 de junio de 2022.
- ↑ J. Mark Payne; Pablo Alonso; De La Cruz Rafael; Straface Fernando (2007). República del Perú: Evaluación de la gobernabilidad democrática. Madrid : Universidad Complutense, Instituto Complutense de Estudios Internacionales, [2007]. p. 68. ISBN 9788496702059.
- ↑ Rojas Berríos, Manuel (9 de junio de 2024). «Revisar tus pertenencias a la salida de supermercados o tiendas por departamentos es inconstitucional: ¿por qué?». infobae. Archivado desde el original el 10 de junio de 2024. Consultado el 11 de junio de 2024.
- ↑ García Schreck, Marcial (25 de abril de 2005). «Convenios de estabilidad tributaria y consideraciones sobre el riesgo país : el caso peruano». IUS ET VERITAS (30): 278-291. ISSN 1995-2929. Consultado el 2 de marzo de 2024.
- ↑ «Protestas contra un saqueo real o imaginario del altiplano». La Vanguardia. 4 de marzo de 2023. Consultado el 5 de marzo de 2024. «Redactada en 1993, tras la draconiana guerra librada en la sierra andina por el presidente Fujimori, la Constitución eleva muchas concesiones al rango constitucional. “Somos el único país de América Latina que protege con la Constitución los contratos que el Estado firma con empresas privadas; así se ata las manos del Estado peruano”, dice [el economista José de Echave]».
- ↑ Vega Carrasco, Gian Carlo; Tabra Ochoa, Edison (12 de diciembre de 2022). «Gobierno Corporativo y Corrupción Empresarial en las Empresas Estatales». IUS ET VERITAS (65): 134-149. ISSN 1995-2929. doi:10.18800/iusetveritas.202202.009. Consultado el 2 de marzo de 2024.
- ↑ Huamán, Gianfranco (10 de junio de 2019). «Hay más de 1.400 empresarios investigados por corrupción en el Perú». Ojo Público. Consultado el 2 de marzo de 2024.
- ↑ a b J. Mark Payne; Pablo Alonso; De La Cruz Rafael; Straface Fernando (2007). República del Perú: Evaluación de la gobernabilidad democrática. Madrid : Universidad Complutense, Instituto Complutense de Estudios Internacionales. p. 71. ISBN 9788496702059.
- ↑ J. Mark Payne; Pablo Alonso; De La Cruz Rafael; Straface Fernando (2007). República del Perú: Evaluación de la gobernabilidad democrática. Madrid : Universidad Complutense, Instituto Complutense de Estudios Internacionales. p. 72. ISBN 9788496702059.
- ↑ J. Mark Payne; Pablo Alonso; De La Cruz Rafael; Straface Fernando (2007). República del Perú: Evaluación de la gobernabilidad democrática. Madrid : Universidad Complutense, Instituto Complutense de Estudios Internacionales. pp. 72-73. ISBN 9788496702059.
- ↑ Sánchez, Karina Amaya; Carrillo, Regina Pajares; Franco, Cecilia Portilla; Velásquez, Manuel Mendoza (30 de mayo de 2006). «Referéndum y Tratado de libre Comercio entre Estados Unidos y Perú: Un problema de constitucionalidad y de legitimidad». Foro Jurídico (06): 189-204. ISSN 2414-1720. Consultado el 24 de octubre de 2023. «La Ley No 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, fue publicada en el diario oficial El Peruano el 3 de mayo de 1994, y si bien ha tenido ha tenido desde la fecha de su publicación una serie de modificaciones, esta ley constituye en el marco general que regula el ejercicio del derecho al referéndum y los demás derechos de participación política».
- ↑ J. Mark Payne; Pablo Alonso; De La Cruz Rafael; Straface Fernando (2007). República del Perú: Evaluación de la gobernabilidad democrática. Madrid : Universidad Complutense, Instituto Complutense de Estudios Internacionales. pp. 73-74. ISBN 9788496702059.
- ↑ J. Mark Payne; Pablo Alonso; De La Cruz Rafael; Straface Fernando (2007). República del Perú: Evaluación de la gobernabilidad democrática. Madrid : Universidad Complutense, Instituto Complutense de Estudios Internacionales. pp. 77-79. ISBN 9788496702059.
- ↑ Nugent, Ricardo (1 de diciembre de 1958). «Consideraciones sobre la prueba en la doctrina y en nuestro régimen procesal civil». Derecho PUCP (17): 37-45. ISSN 2305-2546. doi:10.18800/derechopucp.195801.004. Consultado el 4 de julio de 2024.
- ↑ «Explicador: No se ha eliminado la facultad de la PNP de investigar preliminarmente presuntos delitos». Ojo Público. 16 de marzo de 2024. Consultado el 24 de agosto de 2024. «En resumen, si bien la Fiscalía lidera la investigación preliminar, esto no implica que la PNP haya dejado de participar en estas pesquisas, incluso por iniciativa propia. La participación de la PNP en esta etapa va desde la toma de declaraciones hasta la recopilación de evidencias, levantamiento de planos, fotografías, y realización de operaciones técnicas o científicas».
- ↑ «Facultades de investigación pasaron al Ministerio Público por corrupción en la Policía Nacional». Exitosa Noticias. Consultado el 1 de septiembre de 2024.
- ↑ Valencia Pantoja, Karina (1 de marzo de 2024). «¿Cómo se designa a los titulares del JNE, el Reniec y la ONPE?». RPP Noticias. Consultado el 5 de marzo de 2024. «A diferencia del Jurado, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) cuentan cada uno con un jefe, el cual es elegido por la Junta Nacional de Justicia por concurso público para un periodo de 4 años que se puede renovar, como explica el abogado constitucionalista Roy Mendoza».
- ↑ Castañeda Portocarrero, Fernando (30 de mayo de 2007). «Aproximación al régimen jurídico de la independencia judicial en el Perú». Foro Jurídico (07): 53-61. ISSN 2414-1720. Consultado el 6 de marzo de 2024.
- ↑ De la Jara, Ernesto. «Perú: Un triunfo del Estado de Derecho». La Insignia. Archivado desde el original el 4 de noviembre de 2007. Consultado el 3 de marzo de 2024. «Antes de que se pronunciara el Tribunal Constitucional sobre la ley anti-ONG, publiqué un artículo en El Comercio afirmando que si el TC daba la razón a la alianza apro-fujimorista en su intento por controlar a las ONG a través de una ley ostentosamente inconstitucional, marcaría un antes y un después en términos de la situación democrática del país. [...] [Se trataría de la neutralización de] una de las pocas instituciones del Estado que viene cumpliendo con su papel de defensa del Estado de derecho y de los derechos fundamentales. [...] Nuestra convicción era que el punto central frente al que debía pronunciarse el TC solo admitía jurídicamente la declaración de inconstitucionalidad, tal como lo hizo».
- ↑ Barboza Quiroz, Karem (4 de marzo de 2021). «Justicia: más de la mitad de fiscales no son titulares en sus cargos». El Comercio. ISSN 1605-3052. Consultado el 2 de marzo de 2024.
- ↑ Guillen, Elias (8 de mayo de 2024). «Misión internacional alerta que proyecto del Congreso que elimina la JNJ no es conveniente». larepublica.pe. Consultado el 9 de mayo de 2024.
- ↑ Romero, César (29 de marzo de 2024). «Se buscan jueces para juzgar a las mafias políticas y del crimen organizado». larepublica.pe. Consultado el 29 de marzo de 2024.
- ↑ Prialé, Javier (24 de julio de 2022). «Peruanos creen que acceso a justicia es más desigual que a salud o educación». Gestión. Consultado el 6 de agosto de 2023. «El 83% de la población a nivel nacional cree que acceder a la justicia es muy desigual en el Perú. En todas las regiones del país se tiene esta alta percepción, con tasas de 87% en Lima, 86% en el centro, 84% en el sur, 80% en el oriente y el 78% del norte. Asimismo, por niveles socioeconómicos, es en el A/B donde hay más personas con esta percepción llegando al 86% de esta población, al igual que el 84% del C y el 81% del D/E».
- ↑ Guerrero Barreto, Dante Ramón (26 de julio de 2022). «Un sistema de control casero en el Poder Judicial peruano». Revista Oficial del Poder Judicial 14 (17): 119-139. doi:10.35292/ropj.v14i17.572. Consultado el 6 de agosto de 2023.
- ↑ a b c J. Mark Payne; Pablo Alonso; De La Cruz Rafael; Straface Fernando (2007). República del Perú: Evaluación de la gobernabilidad democrática. Madrid : Universidad Complutense, Instituto Complutense de Estudios Internacionales. pp. 80-87. ISBN 9788496702059.
- ↑ Ruíz Molleda, Juan Carlos (22 de noviembre de 2006). «Perú: Mujeres sin abogados». La Insignia. Archivado desde el original el 4 de noviembre de 2007. Consultado el 4 de marzo de 2024. «En el Perú hay 308 abogados de oficio y sólo están en las capitales de departamento, en las sedes de las Salas Descentralizadas, y en algunas capitales de provincias, pero no en los miles de distritos a lo largo del territorio peruano.»
- ↑ Montoro, Rafael (6 de abril de 2024). «Los tinterillos del Perú, personajes conocedores de leyes: quiénes eran, qué función cumplían y a quiénes estafaban». infobae. Consultado el 7 de abril de 2024.
- ↑ Cárdenas, Abel (02/06/2024). «La defensa del poder: 14 estudios de abogados concentran casos emblemáticos». Ojo Público. Consultado el 3 de junio de 2024.
- ↑ Espinoza, Sergio (5 de agosto de 2023). «Decano del Colegio de Abogados de Lima advierte “abuso” del uso de la prisión preventiva | RPP Noticias». rpp.pe. Consultado el 6 de agosto de 2023.
- ↑ «El Congreso y sus embates contra el sistema de justicia antes de ir por la JNJ». Convoca.pe - Agenda Propia. Consultado el 2 de marzo de 2024.
- ↑ Gonzales, María Alejandra (13 de octubre de 2024). «Perú Libre impulsa proyecto que pone en riesgo la independencia de jueces y el equilibrio de poderes». infobae. Consultado el 14 de octubre de 2024.
- ↑ «Mayoría de peruanos cree que debe existir un contrapeso entre Legislativo y Ejecutivo». La República (Perú). 25 de abril de 2016. Archivado desde el original el 26 de abril de 2016. Consultado el 8 de septiembre de 2023.
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Bibliografía
[editar]- Espinosa-Saldaña Barrera, Eloy; Gutiérrez-Ticse, Gustavo, eds. (2008). Limitación del poder y estructura del Estado: estudio sobre la parte orgánica de la constitución. Serie Estudios constitucionales. Grijley. ISBN 978-9972-04-182-2. Resumen divulgativo (2008).