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El Supremo de Estados Unidos se muestra dividido sobre el delito de obstrucción en el asalto al Capitolio

El escepticismo de los jueces conservadores sobre la aplicación de esa norma puede beneficiar a Donald Trump

Asalto al Capitolio
Seguidores de Donald Trump, en el asalto al Capitolio del 6 de enero de 2021.Shannon Stapleton (REUTERS)
Miguel Jiménez

El nombre de Donald Trump no se ha pronunciado este martes en la monumental sala de vistas del Tribunal Supremo de Estados Unidos. Sin embargo, su presencia podría intuirse tras las imponentes columnas. Los jueces discutían la validez de aplicar el delito de obstrucción de un procedimiento oficial por el asalto al Capitolio. El acto oficial interrumpido fue la certificación de la victoria de Joe Biden en las elecciones presidenciales de 2020. Los jueces se han mostrado divididos sobre la interpretación de la norma. Sin embargo, las voces más escépticas han sido las de los magistrados conservadores, que tienen una mayoría de seis a tres, así que la sentencia puede acabar beneficiando a Trump. Dos de los cuatro delitos que se imputan a Trump en el juicio de Washington por interferencia en el resultado electoral tienen que ver con ese delito.

La vista de argumentos orales es un combate de esgrima dialéctica en que los nueve magistrados del Supremo interrogan o rebaten a los abogados de las partes. Los jueces llegan con el caso estudiado y de sus preguntas se deduce con frecuencia —aunque no siempre— cuál es su opinión al respecto. El Tribunal debate luego a puerta cerrada y redacta la sentencia y los votos particulares, concurrentes o discrepantes, que los magistrados consideren.

En la sesión de este martes, se estudiaba un recurso de Joseph Fischer, un imputado por participar en el asalto al Capitolio por varios cargos. El que se analizaba era el de obstrucción de un procedimiento oficial. Los jueces conservadores han cuestionado que un artículo que se redactó dentro de una ley prevista para castigar la destrucción de pruebas en delitos financieros se pueda aplicar a lo que han llamado “protestas” políticas. Consideran que abrir esa puerta supone conceder patente de corso a la Fiscalía para perseguir las protestas que considere. Algunos daban a entender, además, que esa norma no se había aplicado hasta ahora con ese sentido.

“Por todas las protestas que se han producido en este tribunal, el Departamento de Justicia no ha imputado ningún delito grave”, ha señalado el juez Samuel Alito, que junto a Clarence Thomas está en el extremo conservador de la sala. Thomas le ha secundado con preguntas similares: “Ha habido muchas protestas violentas que han interferido en los procedimientos. ¿Ha aplicado el Gobierno esta disposición a otras protestas en el pasado? Y ¿ha sido esta la postura del Gobierno a lo largo de la vida del artículo?”.

La abogada del Estado, Elizabeth Prelogar, ha contestado: “La hemos aplicado en una serie de procesos que no se centran en la manipulación de pruebas. Ahora bien, no puedo darle un ejemplo de aplicación en una situación en la que la gente haya irrumpido violentamente en un edificio para impedir que se lleve a cabo un procedimiento oficial, uno específico, con todos los elementos (…). Pero eso es solo porque no me consta que esa circunstancia se diera antes del 6 de enero”, la fecha de 2021 en que se produjo el asalto al Capitolio.

Neil Gorsuch, también conservador, también ha mostrado su escepticismo al respecto: “¿Se aplicaría [el artículo] a una sentada que interrumpe un juicio o el acceso a un tribunal federal? ¿Se aplicaría a un abucheador en la vista de hoy o en el discurso del Estado de la Unión? ¿Tirar de la alarma de incendios antes de una votación daría lugar a 20 años de prisión federal?”. Esa última pregunta contenía una carga de profundidad. Los 20 años son la pena máxima prevista en el artículo y la activación de la alarma de incendios es algo que hizo el congresista demócrata Jamaal Bowman en medio del caos que se apoderó de la Cámara de Representantes hace unos meses. Finalmente, se declaró culpable de una falta y aceptó una multa de 1.000 dólares.

Interpretación literal

La redacción del artículo parece cubrir la interrupción de un procedimiento como la certificación de la victoria de Biden, pero el lugar donde se encuentra, entre normas destinadas a evitar la destrucción de pruebas, lleva a dudar del espíritu con que se reguló. Las magistradas progresistas se han atenido a la letra de la ley. La jueza Elena Kagan ha subrayado que el texto no dice que se condene a alguien que “de otro modo estropee las pruebas” sino a alguien “que de otro modo obstruya un procedimiento”.

Elizabeth Prelogar también se ha atenido a la letra de la norma. “En lenguaje llano, el error fundamental cometido por muchos de los alborotadores, incluidos los peticionarios, fue el intento deliberado de impedir que el Congreso certificara los resultados de las elecciones. Es decir, obstruyeron la labor del Congreso en ese procedimiento oficial”, perturbando el traspaso pacífico del poder, ha argumentado la abogada del Estado.

En cambio, Jeffrey Green, el letrado del acusado, ha rechazado la interpretación literal: “Los procesamientos del 6 de enero demuestran que hay una serie de delitos graves y menores que abarcan la conducta alegada. Un estatuto de manipulación de pruebas basado en la ley Sarbanes-Oxley e impulsado por Enron no es uno de ellos”.

Cuando Green ha dicho que no entiende cómo el Departamento de Justicia puede pedir que se amplíe el alcance del artículo que trata la obstrucción de un procedimiento oficial para “cubrir algo que nunca ha cubierto antes”, la jueza Sonia Sotomayor le ha replicado que tampoco el asalto al Capitolio tenía precedentes. “Nunca antes habíamos tenido una situación (…) con personas que intentaran detener un procedimiento de forma violenta”, ha dicho.

Sotomayor ha usado una analogía con un cartel colocado en un teatro que dijese: “Será expulsado del teatro si fotografía o graba a los actores, o interrumpe de cualquier otra forma la representación”. “Si te pones a gritar, creo que nadie cuestionaría que te pudieran echar en virtud de esta política, aunque gritar no tenga nada que ver con fotografiar o grabar”, argumentó.

En el medio quedan algunos de los jueces conservadores moderados, que no han dado tantas pistas sobre su posición. La sentencia del caso se espera para junio.

El delito en cuestión está regulado en el código penal estadounidense en el artículo 1512 del US Code 18, que indica en su letra (c)(2) que “quien de manera corrupta obstruya, influya o impida cualquier procedimiento oficial, o intente hacerlo, será multado conforme a este título o encarcelado no más de 20 años, o ambas cosas”. Sin embargo, el titular de esa disposición es: “Interferencia sobre un testigo, una víctima o un informante”. Ese artículo se aprobó como parte de la ley Sarbanes-Oxley de 2002, dirigida a perseguir delitos de cuello blanco. En el original en inglés, además, hay varias palabras que dejan margen de interpretación.

En el caso de Washington contra Donald Trump por intentar alterar el resultado electoral de las elecciones de 2020, el fiscal lo acusa de cuatro delitos: conspiración para defraudar al Gobierno estadounidense, conspiración para obstruir un procedimiento oficial, obstrucción o intento de obstrucción de un procedimiento oficial y conspiración para violar derechos civiles. El segundo y el tercer delito pueden depender de lo que diga el Supremo en este caso. Un fallo que desestime la acusación contra Fischer podría complicar, aunque no imposibilitar, que prosperen esas dos acusaciones contra Trump.

La sentencia del caso Fischer afectará a decenas de condenados por el asalto al Capitolio. Al menos 353 acusados han sido imputados por obstruir, influir o impedir de forma corrupta un procedimiento oficial, o por intentarlo, según un recuento reciente del Departamento de Justicia. Es una de las figuras penales más utilizadas para perseguir a los que asaltaron el Capitolio.

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Sobre la firma

Miguel Jiménez
Corresponsal jefe de EL PAÍS en Estados Unidos. Ha desarrollado su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactor jefe de Economía y Negocios, subdirector y director adjunto y en el diario económico Cinco Días, del que fue director.
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