Sistema de Administraci�n Local

   La administraci�n local es un sistema y pr�ctica consuetudinaria mediante los cuales el Estado divide las �reas administrativas e instituye organismos de administraci�n local, con el fin de facilitar la administraci�n ejecutiva.

 

I. Divisi�n administrativa

   1. Divisi�n de las �reas administrativas

   La divisi�n de las �reas administrativas de China es como sigue:

   1) El pa�s se divide en provincias, regiones aut�nomas y municipios directamente subordinados;

   2) Las provincias y las regiones aut�nomas se dividen en prefecturas aut�nomas, distritos, distritos aut�nomos y municipios;

   3) Los distritos y los distritos aut�nomos se dividen en cantones, cantones �tnicos y poblados;

   4) Los municipios directamente subordinados y los municipios grandes se dividen en distritos urbanos y distritos suburbanos;

   5) Las prefecturas aut�nomas se dividen en distritos, distritos aut�nomos y municipios.

   El Gobierno Central puede instituir regiones administrativas especiales.

   2. Niveles de la divisi�n de las �reas administrativas de China

   Sistema de dos niveles: Municipio directamente subordinado--distritos;

   Sistema de tres niveles: Provincia, regi�n aut�noma o municipio directamente subordinado--distritos, distritos aut�nomos y municipios--cantones, cantones �tnicos y poblados;

   Sistema de cuatro niveles: Provincia, regi�n aut�noma o municipio directamente subordinado--municipios con distritos urbanos y prefecturas aut�nomas--distritos, distritos aut�nomos y municipios--cantones, cantones �tnicos y poblados.

 

II. Tipos de gobiernos locales

   1. Gobiernos de localidades administrativas en general

   Se incluyen las asambleas populares, los gobiernos, los tribunales y las fiscal�as de las diversas instancias instituidos en las provincias, las regiones aut�nomas, los municipios directamente subordinados, los distritos, los municipios, los distritos bajo la jurisdicci�n municipal, los cantones, los cantones �tnicos y los poblados.

   2. Organismos auton�micos de las localidades de autonom�a �tnica

   Son las asambleas populares y los gobiernos populares de las regiones aut�nomas, las prefecturas aut�nomas y los distritos aut�nomos, los organismos judiciales y los organismos fiscalizadores constituidos en dichas asambleas populares, as� como las unidades armadas organizadas con la ratificaci�n del Consejo de Estado para el mantenimiento del orden p�blico en sus respectivas localidades.

   3. Gobiernos de las regiones administrativas especiales

   El sistema de gobierno de las regiones administrativas especiales es especificado en concreto por la Asamblea Popular Nacional mediante legislaci�n.

   4. Gobiernos locales de formas especiales

   Para los gobiernos de las zonas econ�micas especiales, las zonas de desarrollo, las zonas mineras e industriales, las reservas naturales, etc., la instituci�n de sus organismos de administraci�n ejecutiva es diferente de la de los gobiernos locales en general.

 

III. Gobierno provincial

   1. Gobierno provincial

   En China el gobierno provincial es un organismo administrativo estatal de primer nivel local.

   El pa�s tiene 23 provincias.

   El gobierno provincial debe obedecer al mando y direcci�n unificados del Consejo de Estado. Este est� facultado para definir la divisi�n concreta de las atribuciones de los organismos administrativos centrales y provinciales del Estado y tambi�n est� facultado para cambiar o revocar las decisiones y �rdenes inapropiadas de los gobiernos provinciales.

   El gobierno provincial implementa los reglamentos legales y las resoluciones de car�cter local aprobados por la asamblea popular provincial y su comit� permanente y responde ante ambos y les rinde cuenta de su labor. La asamblea popular provincial y su comit� permanente est�n facultados para supervisar los diversos trabajos del gobierno provincial y cambiar o revocar las decisiones y �rdenes inapropiadas de �ste.

   El gobierno provincial est� facultado para dirigir de manera unificada la labor de los gobiernos de diversos niveles, incluidos los de los municipios, los distritos, los cantones y los poblados en el �rea bajo su jurisdicci�n, y para manejar de manera unificada los asuntos administrativos relacionados con la econom�a, la sociedad, la cultura y la construcci�n en el �rea bajo su jurisdicci�n.

   2. Organismos destacados por los gobiernos de las provincias y las regiones aut�nomas

   Cuando es necesario, el gobierno de una provincias o regi�n aut�noma puede instituir organismos destacados previa ratificaci�n del Consejo de Estado.

   Generalmente, los organismos destacados son denominados como "oficinas administrativas de comisionado" (llamadas adelante "oficinas administrativas").

   Las oficinas administrativas son organismos destacados por los gobiernos de las provincias y las regiones aut�nomas, pero no son gobiernos de primer nivel local, ni las �reas bajo su jurisdicci�n son �reas administrativas de primer nivel local. Por funci�n b�sica, orientan y coordinan la labor de los distritos y los municipios subordinados a ellas en representaci�n del gobierno de la provincia o regi�n aut�noma.

   La oficinas administrativa tiene un comisionado, varios subcomisionados y asesores, quienes son nombrados y destituidos por el gobierno de la provincia o regi�n aut�noma.

   La oficina administrativa practica el sistema de responsabilidad del comisionado.

   En la oficina administrativa se constituye la reuni�n de oficina del comisionado compuesta por �ste, los subcomisionados, los asesores, el asistente del comisionado, el secretario general y el subsecretario general. Esta reuni�n se ocupa de discutir los asuntos importantes de la labor de la oficina administrativa, cuya decisi�n final compete al comisionado.

   Como es imposible fijar el tiempo de mandato de los miembros de la oficina administrativa, el cambio del personal se hace conforme a la necesidad del trabajo y a las estipulaciones relacionadas con los funcionarios.

   Los organismos de trabajo instituidos por la oficina administrativa suelen tomar el nombre de bur� y suman de 40 a 50.

 

IV. Gobiernos de las ciudades

   1. Gobiernos de los municipios directamente subordinados

   En China los gobiernos de los municipios directamente subordinados son organismos administrativos estatales de primer nivel local.

   China tiene ahora cuatro municipios directamente subordinados, que son Beijing, Tianjin, Shanghai y Chongqing.

   Los gobiernos de los municipios directamente subordinados deben obedecer al mando y direcci�n unificados del Consejo de Estado. Este tiene el poder de definir la divisi�n concreta de las atribuciones entre los organismos administrativos estatales de las autoridades centrales y los de los municipios directamente subordinados a ellas y tambi�n tiene el poder de cambiar o anular las decisiones y �rdenes inadecuadas de los gobiernos de dichos municipios.

   El gobierno de cada municipio directamente subordinado implementa los reglamentos legales de car�cter local y las resoluciones elaborados por la asamblea popular municipal y su comit� permanente, responde ante ambos y les rinde cuenta de su labor. La asamblea popular municipal y su comit� permanente tienen el poder de supervisar al gobierno municipal en sus diversos trabajos y cambiar o anular las decisiones y �rdenes inadecuadas de dicho gobierno.

   El gobierno de cada municipio directamente subordinado est� facultado para dirigir de manera unificada la labor de los gobiernos los distritos urbanos, los municipios, los distritos suburbanos, los cantones y los poblados en el �rea bajo su jurisdicci�n y para manejar de manera unificada los asuntos administrativos relacionados con la econom�a, la sociedad, la cultura y la construcci�n en el �rea bajo su jurisdicci�n.

   2. Gobiernos de los municipios de nivel subprovincial

   Aqu� se refiere a los gobiernos de aquellos municipios que son comparativamente grandes, est�n individualmente contemplados en el plan estatal, cuya entidad administrativa es inferior al gobierno provincial, pero que en t�rminos relativos no est�n realmente controlados por los gobiernos provinciales en lo administrativo. Estos municipios son quince hasta el momento, a saber: Shenyang, Dalian, Changchun, Harbin, Jinan, Qingdao, Nanjing, Ningbo, Hangzhou, Xiamen, Wuhan, Guangzhou, Shenzhen, Xi'an y Chengdu.

   3. Gobiernos de los municipios de nivel prefectural

   Los municipios de nivel prefectural se refieren a aquellas ciudades grandes y medianas que no son municipios directamente subordinados ni son municipios de nivel subprovincial. Por lo general, la poblaci�n no agr�cola de la parte urbana de cada municipio supera los 250 mil habitantes, y la poblaci�n no agr�cola del lugar donde est� gobierno municipal supera los 200 mil habitantes; el valor de la producci�n industrial sobrepasa los 2,000 millones de yuanes; el sector terciario es desarrollado, el valor de su producci�n excede al del sector primario y genera m�s del 35% del valor del producto interno bruto; y el ingreso fiscal del presupuesto de su nivel local es de m�s de 200 millones de yuanes. Adem�s, cada uno de estos municipios se ha convertido en una ciudad central para un grupo de municipios y distritos.

   El gobierno de cada municipio de nivel prefectural responde ante la asamblea popular del mismo nivel y su comit� permanente y les rinde cuenta de su labor; responde ante el gobierno de nivel provincial y le rinde cuenta de su labor y, al mismo tiempo, acepta la direcci�n unificada del Consejo de Estado; dirige el trabajo econ�mico, el trabajo cultural, la construcci�n y la urbanizaci�n de toda la ciudad; dirige los asuntos administrativos de toda el �rea bajo su administraci�n y dirige los gobiernos de los distritos y de los municipios de nivel distrital subordinados a �l.

   Los gobiernos de los municipios donde est�n los gobiernos de provincia o regi�n aut�noma y los gobiernos de los municipios relativamente grandes ratificados por el Consejo de Estado pueden elaborar normas administrativas seg�n la ley y los reglamentos administrativos de car�cter legal del Consejo de Estado.

   4. Distritos y municipios de nivel distrital administrados por los municipios de nivel prefectural

   Esto significa que entre la provincia por un lado y los distritos y los municipios de nivel distrital por el otro se establece un nivel oficial de organismos administrativos estatales para formar as� una estructura de organizaci�n administrativa local en este orden: provincia--municipio de nivel prefectural-distrito y municipio de nivel distrital--cant�n (poblado).

   Esta estructura exige que el gobierno del municipio de nivel prefectural tenga una doble funci�n de administrar el campo y la ciudad al mismo tiempo.

   Los modos principales son:

   1) Fusi�n de prefectura y municipio

   A trav�s de la fusi�n de la oficina administrativa del comisionado de la prefectura y el gobierno del municipio de nivel prefectural donde est� dicha oficina se establece un nuevo gobierno del municipio de nivel prefectural, que estar� a cargo de administrar los distritos y los municipios de nivel distrital.

   2) Incorporaci�n de distritos a municipios

   Se incorpora cierto n�mero de distritos y municipios de nivel distrital a un municipio de nivel prefectural colindante que no los administraba, para que aqu�llos pasen a estar bajo la administraci�n del gobierno de este municipio de nivel prefectural.

   3) Establecimiento de un municipio para la administraci�n de varios distritos

   Se sube a un distrito o municipio de nivel distrital a la categor�a de municipio de nivel prefectural, o los organismo de la oficina administrativa de una prefectura se convierten directamente en organismos de un gobierno municipal de nivel prefectural, para que se establezca un gobierno municipal de nivel prefectural, encargado de administrar varios distritos y municipios de nivel distrital.

   5. Gobiernos de los municipios de nivel distrital

   Estos son gobiernos de las ciudades instituidos en aquellas �reas geogr�ficas relativamente peque�as pero que cumplen con los requisitos estatales para la instituci�n de municipios.

   Los municipios de nivel distrital son instituidos sobre la base del desarrollo de los poblados de un distrito o instituidos despu�s del desmantelamiento de ciertos distritos; generalmente, tienen un marcado color de administraci�n ejecutiva de zonas agr�colas.

   Por su status dentro de la estructura de organizaci�n administrativa del Estado, los gobiernos de los municipios de nivel distrital se dividen, a grandes rasgos, en tres clases:

   1) En las localidades donde no se han instituido oficinas administrativas de comisionado, los gobiernos de los municipios de nivel distrital se supeditan a la direcci�n inmediata del gobierno de la provincia o regi�n aut�noma y aceptan la supervisi�n y orientaci�n de la oficina administrativa de comisionado de la prefectura en cuesti�n;

   2) En las localidades donde no se han instituido o no se instituir�n oficinas administrativas de comisionado, los gobiernos de los municipios de nivel distrital se supeditan a la direcci�n inmediata del gobierno de la provincia o regi�n aut�noma;

   3) En las localidades donde los municipios de nivel prefectural administran los distritos y los municipios de nivel distrital o donde se practica la autonom�a �tnica, los gobiernos de los municipios de nivel distrital se supeditan a la direcci�n del gobierno del municipio de nivel prefectural o del gobierno de la prefectura aut�noma.

   Los gobiernos de cant�n, cant�n �tnico y poblado bajo la jurisdicci�n del gobierno del municipio de nivel distrital pueden instituir oficinas de asuntos de calle.

   6. Gobiernos de distritos municipales

   Estos son gobiernos locales de car�cter funcional instituidos en los municipios que tienen distritos municipales y seg�n la divisi�n de las �reas dentro de cada ciudad.

   Los gobiernos de los distritos municipales se instituyen en los municipios directamente subordinados, los municipios de nivel subprovincial y los municipios de nivel prefectural.

   Los gobiernos de los distritos municipales se supeditan a la direcci�n de los gobiernos de los municipios directamente subordinados, los municipios de nivel subprovincial y los municipios de nivel prefectural.

   Los gobiernos de los distritos municipales se dividen en gobiernos de los distritos urbanos y gobiernos de los distritos suburbanos.

   Los gobiernos de los distritos urbanos est�n instituidos dentro de la ciudad, son gobiernos de base de las �reas urbanas y pueden instituir organismos destacados: oficinas de asuntos de calle.

   En las franjas de conexi�n entre la ciudad y el campo y localizadas en los bordes de la ciudad se instituyen gobiernos de los distritos suburbanos, los cuales tienen bajo su jurisdicci�n gobiernos de los cantones, cantones �tnicos y poblados y tambi�n pueden instituir oficinas de asuntos de calle.

 

IV. Gobiernos de las zonas rurales

   1. Gobiernos de los distritos

   Estos son gobiernos locales instituidos en las zonas rurales.

   Por su status dentro de la estructura de organizaci�n administrativa del Estado, los gobiernos de los distritos se dividen, a grandes rasgos en tres clases:

   1) En las localidades donde no se han instituido oficinas administrativas de comisionado, los gobiernos de los distritos se supeditan a la direcci�n inmediata del gobierno de la provincia o regi�n aut�noma y aceptan la supervisi�n y orientaci�n de la oficina administrativa de comisionado de la prefectura;

   2) Los gobiernos de los distritos de las localidades donde no se han instituido o no se instituir�n oficinas administrativas de comisionado, y los gobiernos de los distritos que se encuentran bajo la jurisdicci�n de los municipios directamente subordinados de Beijing, Shanghai, Tianjin y Chongqing, se supeditan a la direcci�n inmediata de los gobiernos de las provincias, las regiones aut�nomas y los municipios directamente subordinados;

   3) En las localidades donde los municipios de nivel prefectural administran los distritos y los municipios de nivel distrital o donde se practica la autonom�a �tnica, los gobiernos de los distritos se supeditan a la direcci�n del gobierno del municipio de nivel prefectural o del gobierno de la prefectura aut�noma.

   Los gobiernos de los cantones, cantones �tnicos y poblados bajo la jurisdicci�n del gobierno del distrito pueden instituir oficinas de asuntos de calle.

   Cuando es necesario, y contando con la ratificaci�n del gobierno de la provincia, regi�n aut�noma o municipio directamente subordinado, el gobierno del distrito puede instituir ciertas estaciones de oficina subdistritales como organismos destacados.

   2. Gobiernos de los cantones, cantones �tnicos y poblados

   Los gobiernos de los cantones, cantones �tnicos y poblados son gobiernos locales de base en las zonas rurales.

   Estos gobiernos se supeditan a la direcci�n de los gobiernos del distrito, el distrito aut�nomo, el municipio de nivel distrital y la prefectura.

 

V. Organos y atribuciones de los gobiernos locales

   1. Integraci�n de los gobiernos locales

   En los gobiernos locales de los diversos niveles se practica el sistema de responsabilidad del gobernador de la provincia, el alcalde del municipio, el jefe del distrito, el jefe del distrito urbano/suburbano, el jefe del cant�n y el jefe del poblado.

   1) Integraci�n de los gobiernos de las provincias y los municipios directamente subordinados

   El gobierno de cada provincia o municipio directamente subordinado est� integrado por el gobernador y los vicegobernadores de la provincia, o el alcalde y los tenientes alcaldes del municipio, el secretario general, los directores de departamento, los jefes de bur� y los presidentes de comisi�n.

   El gobernador y los vicegobernadores de la provincia, as� como el alcalde y los tenientes alcaldes del municipio directamente subordinado, son elegidos en las asambleas populares del nivel correspondiente. Una vez elegidos los dirigentes del gobierno de una provincia o municipio directamente subordinado, el gobernador o alcalde debe presentar, en el plazo de dos meses, una lista de candidatos al comit� permanente de la asamblea popular del nivel correspondiente para que �ste nombre al secretario general, los directores de departamento, los jefes de bur� y los presidentes de comisi�n, e informar de ello al Consejo de Estado para su debido registro.

   Durante el receso de la asamblea popular de la provincia o municipio directamente subordinado, si el gobernador o alcalde no puede continuar desempe�ando el cargo por alg�n motivo, el comit� permanente de dicha asamblea popular decidir� un interino de entre los vicegobernadores o tenientes alcaldes, antes de que se realice una elecci�n adicional en la pr�xima sesi�n de la misma asamblea popular.

   Durante el receso de la asamblea popular de la provincia o municipio directamente subordinado, incumbe a su comit� permanente decidir el nombramiento o destituci�n de alguno que otro vicegobernador o teniente alcalde.

   El per�odo de mandato del gobierno de cada provincia o municipio directamente subordinado es de cinco a�os.

   2) Integraci�n de los gobiernos de los municipios de nivel prefectural

   El gobierno de cada municipio de nivel prefectural est� integrado por el alcalde y los tenientes alcaldes del municipio, el secretario general, los jefes de bur� y los presidentes de comisi�n.

   El alcalde y los tenientes alcaldes del municipio son elegidos en la asamblea popular municipal.

   Durante el receso de la asamblea popular municipal, incumbe a su comit� permanente decidir el nombramiento o destituci�n de alguno que otro tenientes alcalde.

   Una vez elegidos el alcalde y los tenientes alcaldes, el alcalde debe presentar, en el plazo de dos meses, una lista de candidatos al comit� permanente de la asamblea popular municipal para que �ste decida el nombramiento de otros integrantes del gobierno municipal de nivel prefectural tales como el secretario general, los jefes de bur� y los presidentes de comisi�n, e informar de ello al gobierno de la provincia o regi�n aut�noma para su debido registro.

   El per�odo de mandato del gobierno del municipio de nivel prefectural es de cinco a�os.

   3) Integraci�n de los gobiernos de los distritos, municipios de nivel distrital y distritos urbanos

   El gobierno de cada distrito, municipio de nivel distrital y distrito urbano est� integrado por el jefe y los subjefes del distrito, el alcalde y los tenientes alcaldes del municipio y el jefe y los subjefes de los distritos urbanos, respectivamente, as� como por los jefes de los bur�s y los jefes de las secciones.

   El jefe y los subjefes del distrito, el alcalde y los tenientes alcaldes del municipio y el jefe y los subjefes del distrito urbano son elegidos en las asambleas populares de los niveles correspondientes.

   Durante el receso de dichas asambleas populares, incumbe a sus comit�s permanentes decidir el nombramiento o destituci�n de alguno que otro subjefe del distrito, teniente alcalde del municipio y subjefe del distrito urbano.

   Los jefes de bur� (secci�n) del gobierno del distrito, del municipio de nivel distrital y del distrito urbano son propuestos por el jefe del distrito, el alcalde del municipio y el jefe del distrito urbano, respectivamente, y decididos por los comit�s permanentes de las asambleas populares de niveles correspondientes, y se informa de ello al gobierno del nivel inmediatamente superior para su debido registro.

   El per�odo de mandato del gobierno del distrito, del municipio de nivel distrital y del distrito urbano es de cinco a�os.

   4) Integraci�n de los gobiernos de los cantones, cantones �tnicos y poblados

   El gobierno de cada cant�n o cant�n �tnico tiene un jefe y varios subjefes; el gobierno de cada poblado tiene tambi�n un jefe y varios subjefes.

   El jefe de un cant�n �tnico debe ser un ciudadano de origen minoritario que vive en el lugar donde se ha establecido el cant�n �tnico.

   El jefe y los subjefes del cant�n y el jefe y los subjefes del poblado son elegidos en las asambleas populares de los mismos niveles.

   El per�odo de mandato del gobierno de cada cant�n, cant�n �tnico y poblado es de tres a�os.

   2. Atribuciones, status administrativo e interrelaci�n de los gobiernos locales

   1) Atribuciones de los gobiernos locales

   De acuerdo con las atribuciones prescritas por la ley, los gobiernos de niveles locales desde el distrital para arriba manejan el trabajo administrativo relacionado con la econom�a, la educaci�n, la ciencia, la cultura, la salud p�blica, el deporte, la construcci�n urbana y rural, la hacienda, los asuntos civiles, la seguridad p�blica, los asuntos �tnicos, la administraci�n judicial, la supervisi�n y la planificaci�n familiar en las �reas bajo su administraci�n, expiden decisiones y �rdenes, nombran y destituyen a los funcionarios administrativos, les imparten capacitaci�n, verifican y valoran su desempe�o y les otorgan encomio o imponen castigo.

   El gobierno de la provincia o municipio directamente subordinado decide la instituci�n de los cantones, cantones �tnicos y poblados y su divisi�n zonal.

   El gobierno de cada cant�n, cant�n �tnico y poblado ejecuta las resoluciones de la asamblea popular del mismo nivel y las decisiones y �rdenes de los organismos administrativos estatales de niveles superiores y maneja la labor administrativa en el �rea bajo su administraci�n.

   2) Status administrativo de los gobiernos locales

   Los gobiernos de los diversos niveles locales responden ante las asambleas populares de los niveles correspondientes y les rinden cuenta de su labor. Durante el receso de las asambleas populares de los niveles correspondientes, los gobiernos locales desde el nivel distrital para arriba responden ante los comit�s permanentes de dichas asambleas y les rinden cuenta de su labor.

   Los gobiernos de los diversos niveles locales responden ante los organismos administrativos estatales de un nivel m�s alto y les rinden cuenta de su labor.

   Los gobiernos de los diversos niveles locales de todo el pa�s son organismos administrativos estatales bajo la direcci�n unificada del Consejo de Estado y le obedecen a este �ltimo.

   3) Interrelaci�n de los gobiernos locales

   Los gobiernos de niveles locales desde el distrital para arriba dirigen la labor de los departamentos de trabajo dependientes y de los gobiernos inferiores, y est�n facultados para cambiar o revocar las decisiones inapropiadas de estos departamentos y gobiernos.

   Los gobiernos de niveles locales desde el distrital para arriba instituyen organismos de auditor�a. De acuerdo con lo estipulado en la ley, los organismos de auditor�a de los diversos niveles locales ejercen el poder de supervisi�n de auditor�a de manera independiente y responden ante los gobiernos de los mismos niveles y ante los organismos de auditor�a de un nivel m�s alto.

 

 
 
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