Accesibilidad

Declaración de accesibilidad

La Diputación de Granada se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, por el que se traspone la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016.

La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://www.dipgra.es/, excluyendo los contenidos incrustados provenientes de otros dominios.

Situación de cumplimiento

Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018 debido la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.

Contenido no accesible

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:

A. Falta de conformidad con Real Decreto 1112/2018

  • En algunas páginas la información, estructura y relaciones no están determinadas por software o no tienen alternativa como texto. [requisito número 9.1.3.1 de la UNE-EN 301549:2019 de información y relaciones]
  • En algunas páginas el contenido puede perder funcionalidad o información al ampliar el contenido. [requisito número 9.1.4.10 de la norma UNE-EN 301549:2019 reajuste del texto]
  • En algunas páginas el contraste de los componentes de interfaz de usuario y de objetos gráficos podría no llegar al 3:1 con los colores adyacentes. [requisito número 9.1.4.11 de la norma UNE-EN 301549:2019 contraste no textual] De manera puntual algún enlace podría no tener definido el propósito específico de manera textual. [requisito número 9.2.4.4 de la norma UNE-EN 301549:2019 propósito de los enlaces]
  • En algunas páginas la relación de contraste en texto o imágenes podría no ser de al menos 4.5:1. [requisito número 9.1.4.3 de la norma UNE-EN 301549:2019 contraste mínimo]
  • En algunas páginas el contenido puede perder funcionalidad o información al ampliar el contenido. [requisito número 9.1.4.10 de la norma UNE-EN 301549:2019 reajuste del texto]

B. Carga desproporcionada

No aplica.

C. El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable

  • Pueden existir archivos de ofimática en PDF y otros formatos publicados que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad. Aunque se ha procurado que la mayoría de ellos sí lo cumplan.
  • Puede haber contenidos de terceros que no estén desarrollados por esta entidad ni están bajo nuestro control, como por ejemplo, archivos ofimáticos.

Observaciones y datos de contacto

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del RD 1112/2018) como, por ejemplo:

  • Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
  • Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
  • Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web a través del siguiente formulario de contacto

Puede presentar:

  • Una Queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018
  • Una Solicitud de Información accesible relativa a:
    • Contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4.
    • Contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.

En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.

A través de la Unidad responsable de accesibilidad de la Diputación de Granada, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Unidad responsable de accesibilidad de la Diputación de Granada.

Procedimiento de aplicación

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación.

Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.

La reclamación puede ser presentada través de la Unidad responsable de accesibilidad de la Diputación de Granada, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Unidad responsable de accesibilidad de la Diputación de Granada.

Contenido opcional

El sitio web está optimizado para los navegadores Microsoft Internet Explorer 8.0 o versiones superiores y las últimas versiones vigentes de FireFox, Safari, Opera y Google Chrome.

El sitio web está diseñado para una visualización adaptable, con lo que se visualiza de forma óptima en los dispositivos tablet y móviles. En estos dispositivos está optimizado para su visualización en las últimas versiones vigentes de Chrome for mobile, Firefox for mobile, Safari mobile, Opera Mini y navegador nativo de Android.

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