El Perú tendrá 15 feriados desde el 2014 (Foto: Shutterstock)
El Perú tendrá 15 feriados desde el 2014 (Foto: Shutterstock)
Sileña Cisneros

Finalmente, el fue declarado feriado en conmemoración de la batalla de Arica y el Día de la Bandera. ¿Sabes cuántos festivos nacionales tendrá el Perú desde el 2024?

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, aprobada por insistencia por el Congreso de la República, fue publicada el 15 de junio de 2023 en el Diario Oficial El Peruano y modifica el artículo 6 del Decreto Legislativo 713 (que consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada).

Cabe recordar que muchos esperaban que este feriado se diera desde 2023, pero el Ejecutivo observó el dictamen, alegando que el país estaba en un proceso de reactivación económica y era necesario seguir trabajando.

“La mejor manera de rendirle homenaje a la bandera es trabajando y sentar las bases para recuperar la economía”, dijo en su momento el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola.

El premier Alberto Otárola explicó por qué no consideraron el Día de la Bandera (Foto: PCM)
El premier Alberto Otárola explicó por qué no consideraron el Día de la Bandera (Foto: PCM)

¿CUÁNTOS FERIADOS TENDRÁ EL PERÚ EN 2024?

El Perú tendrá un total de 15 feriados oficiales desde el 2024. El último en ser agregado fue el con motivo de la Batalla de Arica y el Día de la Bandera.

Desde 1991 el Perú tenía 12 feriados, pero el 2022 en el calendario se sumaron dos fechas: el ; y el 9 de diciembre, por la batalla de Ayacucho.

El Congreso aprobó, el 27 de abril, un dictamen para declarar feriado nacional el 7 de junio, pero luego de que el gobierno lo observara decidió aprobarlo por insistencia.

Tanto el Congreso de la República como el Ejecutivo pueden proponer la declaración de feriados (Foto: Andina)
Tanto el Congreso de la República como el Ejecutivo pueden proponer la declaración de feriados (Foto: Andina)

¿CUÁLES SON LOS FERIADOS QUE TENDRÁ EL PERÚ EL 2024?

La Ley, aprobada por insistencia por el Poder Legislativo, modifica el artículo 6 del Decreto Legislativo 713, que consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, con el siguiente texto:

Artículo 6: Son días feriados los siguientes:

  • Año Nuevo (1 de enero)
  • Jueves Santo y Viernes Santo (fechas variables)
  • Día del Trabajo (1 de mayo)
  • Batalla de Arica y Día de la Bandera (7 de junio)
  • San Pedro y San Pablo (29 de junio)
  • Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)
  • Batalla de Junín (6 de agosto)
  • Santa Rosa de Lima (30 de agosto)
  • Combate de Angamos (8 de octubre)
  • Todos los Santos (1 de noviembre)
  • Inmaculada Concepción (8 de diciembre)
  • Batalla de Ayacucho (9 de diciembre)
  • Navidad (25 de diciembre).

NOTA: El Poder Ejecutivo tiene un plazo no mayor de 30 días calendario contados desde la vigencia de la presente ley para adecuar el Reglamento del Decreto Legislativo 713, aprobado por el Decreto Supremo 012-92-TR.

MÁS INFORMACIÓN SOBRE FERIADOS

¿QUÉ PASA SI EL FERIADO CAE EL DÍA DE MI DESCANSO?

El artículo 9 del reglamento del Decreto Supremo 012-92-TR indica que siempre que el Día del Trabajo (01 de Mayo) coincida con el día de descanso semanal obligatorio, se debe pagar doble al trabajador por los siguientes conceptos.

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE FERIADO Y DÍA NO LABORABLE?

  • FERIADO. El feriado es un día festivo en el que los trabajadores, tanto del sector público como privado, pueden dejar de laborar. Lo mismo ocurre con los estudiantes, quienes dejan de ir a sus clases. Si un empleado trabaja este día, recibirá una remuneración adicional, que normalmente es el triple, así sea domingo.
  • DÍA NO LABORABLE. El día no laborable es decretado por el Gobierno de turno y está dirigido al sector público. En el privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no. Si en caso un empleado trabaja con normalidad, esto no significa que recibirán un pago extra, ya que solamente recibirá el mismo sueldo sin incrementos. Los que descansen deberán compensar esas horas con horas extras, trabajos los días sábados o considerar como parte de las vacaciones.

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