Menor extranjero no acompañado

niño o adolescente migrante sin familia

En España, los menores extranjeros no acompañados (también conocido por el acrónimo MENA, habitualmente lexicalizado como mena)[1]​ son un fenómeno de la migración que engloba a jóvenes menores de 18 años, de origen extranjero, que están solos y/o sin referente familiar adulto que los acompañe.

Según la página oficial de la Dirección General de la Policía de España, la definición de MENA sería la de extranjero menor de dieciocho años que sea nacional de un Estado al que no le sea aplicable el régimen de la Unión Europea que llegue a territorio español sin un adulto responsable de él, sea legal o de acuerdo con la costumbre, apreciando riesgo de desprotección del menor, así como cualquier menor extranjero que una vez en España se encuentre en esa situación, de acuerdo con el artículo 189 del Reglamento de Extranjería (RD 557/2011).[2][3]

El significado general desde el punto de vista de la Unión Europea excluye del significado de extranjero a los menores de un país de la UE respecto a otro. Aun así, hay países donde la administración del significado de extranjero se refiere a todo el mundo fuera del país aunque sea de la Unión Europea.[4]

Historia

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Hasta hace poco el término era desconocido en España y relativamente nuevo en los países de la Unión Europea. Según datos empíricos se encuentra que este fenómeno apareció en los años 90 en aquellos países donde ya existía una fuerte tradición inmigratoria, pero ha sido a partir del año 1997 que se hace notar notoriamente en España, sobre todo en comunidades autónomas como Cataluña o Madrid. Debido al aumento persistente de esta llegada de menores solos y desamparados, se tuvo que realizar una investigación con el fin de obtener una perspectiva más amplia del fenómeno. Esta circunstancia sitúa a los MENA automáticamente en una situación de desamparo y de riesgo.[5]

Otros términos

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Otros términos empleados sobre este fenómeno son: «menores migrantes no acompañados» (MMNA), «menores inmigrantes no acompañados» (MINA), «menores extranjeros indocumentados no acompañados» (MEINA) y «menores separados» (este último utilizado por la Unión Europea).[6]

Cifras

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Aunque no es un fenómeno fácil de cuantificar, los datos de la memoria de la Fiscalía del año 2016, apunta a la presencia de 3660 menores de origen extranjero no acompañados en España y bajo la tutela de las comunidades autónomas.[7]​ En España en 2020 se notificaron 9030.

Referencias

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  1. «mena, término válido». Fundéu. 6 de diciembre de 2018. Consultado el 23 de abril de 2021. 
  2. «Menores extranjeros». Policía Nacional. Archivado desde el original el 29 de junio de 2020. 
  3. «Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009». Boletín Oficial del Estado (103): 43821-44006. 30 de abril de 2011. ISSN 0212-033X. BOE-A-2011-7703. 
  4. Sánchez, Raquel Fuentes (2014). «Menores Extranjeros No Acompañados (MENA)». Azarbe: Revista Internacional de Trabajo Social y Bienestar (3): 105-111. ISSN 2255-4955. Consultado el 5 de julio de 2019. 
  5. Capdevila i Capdevila, Manel; Ferrer Puig, Marta; Centre d'Estudis Jurídics i Formació Especialitzada (Catalunya) (2003). Els Menors estrangers indocumentats no acompanyats (MEINA) (en catalán). Centre d'Estudis Jurídics i Formació Especialitzada. ISBN 9788439363279. OCLC 806475709. Consultado el 5 de julio de 2019. 
  6. Ruiz, Durán; Javier, Francisco (1 de diciembre de 2011). «Los derechos de los menores no acompañados inmigrantes y solicitantes de asilo en la Unión Europea de las fronteras fortificadas y sus Estados miembros». Trace. Travaux et recherches dans les Amériques du Centre (60): 9-24. ISSN 0185-6286. Consultado el 5 de julio de 2019. 
  7. «Menores Extranjeros No Acompañados (MENA)». Accem. Consultado el 5 de julio de 2019. 

Enlaces externos

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