Concejal

miembro electo de una corporación municipal
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Un concejal (de «concejo», y este del latín concilium, ‘asamblea’), edil[1]​ (del latín aedīlis, magistrado romano) o regidor[2]​ (del latín regere, ‘gobernar’ y -dor) es un miembro seleccionado para la administración política de los municipios hispanohablantes. Estos forman el órgano colegiado que ejerce de gobierno municipal, y que recibe distintos nombres según el país y periodo histórico (concejo municipal, ayuntamiento, corporación municipal, etc.).

El concejal es el miembro electo de una corporación municipal, ejerce su mandato por un período cuya duración suele ser de tres a cuatro años. Las condiciones de la elección, el ejercicio, la continuidad en el cargo y la posibilidad de reelección es al final de cada legislatura, dependen de la legislación electoral y del régimen local de cada país.

Funciones

El concejal tiene como función la promoción del desarrollo del municipio dentro de diversas áreas (educación, cultura, sanidad, transportes, economía, hacienda, parques y jardines, obras públicas, urbanismo, etc.), para lo que suele especializarse como «concejales de área». También puede especializarse en un distrito u otra división espacial local. Además, desempeña la función de fiscalización del trabajo del alcalde de la ciudad o población. Otro cargo que suele existir es el de teniente de alcalde o vicealcalde. En algunos países, como es el caso de chile, los concejales, al inicio de cada legislatura municipal, nombran de entre ellos a quien va a ocupar el cargo de alcalde, e incluso pueden deponerlo posteriormente y antes de que termine su mandato mediante una moción de censura.[cita requerida]

Terminología

En la Edad Media y el Antiguo Régimen, tanto en España como en Hispanoamérica se utilizaba el nombre de «regidor» porque ejercían el regimiento de su municipio, siendo entre ellos designados dos alcaldes: uno por el estado llano y otro por el estado nobiliario. Actualmente, en España se suele emplear la palabra «regidor» como epíteto para designar al alcalde más que a los concejales.

Hasta 1973, en Chile se denominaba "regidor" al cargo hoy ejercido por el concejal. Entre 1927 y 1935, durante y después de la dictadura de Carlos Ibáñez del Campo, se les denominó «vocal».[cita requerida] Actualmente Chile posee una Comisión de Concejales dependiente de la Asociación Chilena de Municipalidades y una propuesta privada para el trabajo con Concejales de Chile de ORBE Internacional, en la cual muestran mediante una revista mensual el trabajo en el que los concejales son protagonistas. Es la única revista especializada en este tema en Chile e Hispanoamérica.

En Chile y Colombia, el concejal es elegido por elección popular, su cargo dura 4 años y puede ser reelegido seguidamente desde el puesto actual, la administración es independiente en cada país, donde Chile el cargo es solamente fiscalizador y en Colombia es consultivo, propositivo, y poseen un presidente que es independiente del alcalde, el cual decide los destinos de los proyectos que emergen de las propuestas Colectivas de la Comunidad.

En Costa Rica, Perú, República Dominicana y México la denominación de regidor sigue usándose en la actualidad para el cargo de concejal.

Véase también

Referencias

  1. Real Academia Española. «edil». Diccionario de la lengua española (23.ª edición). 
  2. Real Academia Española. «regidor». Diccionario de la lengua española (23.ª edición).