¿A quiénes no se les paga CTS en el 2023 en el Perú? | En esta nota entérate quiénes son aquellos que no podrían recibir este ingreso extra; entre otros datos que debes conocer en relación a este tema.  (Foto: gob.pe)
¿A quiénes no se les paga CTS en el 2023 en el Perú? | En esta nota entérate quiénes son aquellos que no podrían recibir este ingreso extra; entre otros datos que debes conocer en relación a este tema. (Foto: gob.pe)
Redacción EC

Muchos peruanos se encuentran a la expectativa del pago de la , más conocido como . Y aunque el panorama para quienes se encuentran en un trabajo formal es favorable, no todos reciben este beneficio. En esta nota entérate quiénes son aquellos que no podrían recibir este ingreso extra; entre otros datos que debes conocer en relación a este tema.

¿A QUIÉNES NO SE LES PAGA CTS EN EL 2023 EN EL PERÚ?

Según Sunafil, conforme a ley, no tienen derecho a la CTS:

  • Los trabajadores que laboren menos de cuatro horas diarias (part time).
  • Los que perciben el 30% o más de las tarifas que paga el público.
  • Los trabajadores de la microempresa contratados después de su inscripción de la empresa en el Remype.
  • De igual manera los trabajadores que perciben remuneración anual integral y los trabajadores del régimen laboral agrario que han optado por cobrar su CTS conjuntamente con su remuneración (Ley N° 30110 y DS N° 005-2021-Minagri).

Debemos recordar que Sunafil es una entidad pública peruana encargada de fiscalizar y hacer cumplir las normas laborales en el país.

La función principal de Sunafil es la de velar por el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad social, mediante la fiscalización, la prevención y la sanción de las infracciones que se cometan en este ámbito. Asimismo, Sunafil tiene la tarea de promover y difundir la cultura de cumplimiento de las normas laborales, así como de brindar orientación y asistencia técnica a empleadores y trabajadores en temas relacionados con el derecho laboral.

QUÉ ES LA CTS

La CTS, que significa Compensación por Tiempo de Servicios, es un beneficio laboral establecido por la ley que obliga a los empleadores a depositar un porcentaje mensual de la remuneración de sus trabajadores en una cuenta especial de CTS. Este depósito mensual es equivalente al 8.33% de la remuneración mensual del trabajador y se realiza dos veces al año, en mayo y noviembre.

La finalidad de la CTS es garantizar que los trabajadores tengan un fondo de ahorro que les permita enfrentar situaciones de emergencia, desempleo o enfermedad.

El monto acumulado en la cuenta de CTS puede ser retirado por el trabajador en caso de cesar en su empleo, o también puede ser utilizado como garantía para obtener un préstamo bancario.

Para calcular la CTS, se debe seguir los siguientes pasos:

  • Determinar la remuneración bruta mensual del trabajador, incluyendo todos los conceptos que formen parte de ella, tales como sueldo, bonificaciones, gratificaciones, comisiones, entre otros.
  • Calcular el 8.33% de la remuneración bruta mensual obtenida en el paso anterior.
  • El resultado obtenido es el monto que el empleador debe depositar mensualmente en la cuenta de CTS del trabajador.

Es importante mencionar que la CTS es un derecho laboral y todos los trabajadores que cumplan con los requisitos establecidos por la ley tienen derecho a recibirla. Además, la empresa está obligada a informar de manera clara y oportuna sobre el depósito y el saldo de la cuenta de CTS de cada trabajador.

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