El Poder Judicial evaluó este viernes en segunda instancia el pedido de la fiscalía para que se dicte nuevamente prisión preventiva contra Keiko Fujimori en medio del juicio oral que se está llevando a cabo por el caso Cocteles, por presuntamente haber violado las reglas de conducta con un viaje a Estados Unidos en mayo.
La audiencia fue conducida por la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional, integrada por los jueces Iván Quispe Aucca, Edgar Medina Sala y María Guillén Ledesma, quienes determinaron que luego de escuchar a las partes iba a debatir y resolver el pedido.
La exposición por parte del Ministerio Público estuvo a cargo de Rafael Vela Barba, coordinador del equipo especial Lava Jato quien cuestionó el fallo en primera instancia del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria.
Entre los argumentos que esgrimió, el fiscal superior dijo que esa resolución de junio de este año no incluyó argumentos suficientes motivados, no tomó en cuenta disposiciones del Código Procesal Penal sobre la variación de oficio de medidas limitativas de derechos, y que vulneró el principio de jerarquía dentro del Poder Judicial.
“Al haber incumplido las reglas de conducta, expresamente al haber sido requerida por el Ministerio Público respecto a sus explicaciones, finalmente que sea por una regla de consecuencia que se le revoque ese régimen y se le ordene la prisión preventiva conforme corresponde”, exhortó Vela Barba.
Entre sus críticas, el fiscal advirtió que el 31 de mayo del 2023 este mismo juzgado que rechazó su pedido de prisión preventiva revocó el impedimento de salida del país como parte de las reglas de conducta sin argumento, debate ni motivación.
“El Ministerio Público no cuestiona la facultad de los jueces de variar medidas cautelares [...] Lo que el Ministerio Público dice es que esas reglas de conducta son las mismas que se impusieron en el 2020 y lo que cuestionamos es que, si bien es cierto que los señores jueces tienen la facultad de poder variarlas de oficio, lo tienen que hacer de manera motivada. De repente sin audiencia, pero sí tienen que expresar por qué esas reglas de conducta pueden ser variadas”, indicó.
Giulliana Loza, abogada de Keiko Fujimori, insistió en que se debe mantener la resolución en primera instancia y rechazar el pedido de prisión preventiva porque ninguna regla de conducta vigente fue vulnerada y porque el Ministerio Público no ha dicho que se trate de una medida proporcional ni justificada.
“La medida de prisión preventiva en este caso no cumpliría el test de proporcionalidad, no es una medida idónea ni adecuada, no es una medida necesaria, mucho menos cumple con lo que es la ponderación en estricto. Asumir lo contrario implicaría quebrar una vez más el derecho fundamental a la libertad de la señora Fujimori”, advirtió.
Antes de concluir la audiencia, la sala le dio la palabra a Keiko Fujimori, quien solo aprovechó la oportunidad para decir que estaba satisfecha con los argumentos de su defensa, y agregó: “Siempre he sido y seguiré siendo muy respetuosa de las reglas de conducta”.
En paralelo a este proceso originado por el pedido de prisión preventiva que hizo el fiscal José Domingo Pérez a fines de mayo, la lideresa de Fuerza Popular y otros cuarenta sujetos procesales están afrontando un juicio oral por el caso Cocteles, donde se les acusa por delitos de organización criminal, lavado de activos y otros por los aportes que habrían recibido de Odebrecht en las campañas del 2011 y 2016.